Concepto nº 140880, Superintendencia de Industria y Comercio, 30-11-2011
Fecha | 30 Noviembre 2011 |
Emisor | Superintendencia de Industria y Comercio (Colombia) |
Materia | SERVICIOS DE COMUNICACIONES - TELECOMUNICACIONES |
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 11-140880- -00003-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 8
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados. Ley 1266 de 2008; Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo,
damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica
en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la Consulta
Manifiesta en su escrito lo siguiente: "(...) me pueden orientar en cuanto a la resolución
1732 del CRT (sic), artículo 68 al 70, pues no me queda bien claro cuando se presenta
interrupción por parte del usuario y cuando se presenta terminación del contrato. El
motivo de mi consulta es porque necesito cancelar contrato con una empresa de
telefonía pero no tengo claro los términos mencionados anteriormente (...)"
A continuación, nos permitimos suministrarle información relevante en relación con el
tema de la consulta, con el fin de brindarle mayores elementos de juicio al respecto.
Lo anterior, teniendo en cuenta que esta oficina mediante un concepto no puede
solucionar situaciones particulares.
2. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio
De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta
Superintendencia, en particular por el Decreto 3523 de 2009, modificado por el
Decreto 1687 de 2010, corresponde a esta entidad, entre otras funciones, velar por el
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba