Concepto Nº 153091 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 22-04-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900377432

Concepto Nº 153091 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 22-04-2020

Número de radicado20206000153091
Fecha22 Abril 2020
Número de oficio153091
MateriaEMPLEO,Protección Datos Personales,Proteccion Datos Personales
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 153091 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 153091 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000153091*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000153091
Fecha: 22/04/2020 10:12:56 a.m.
Bogotá D.C.
RAD.: EMPLEOS. Provisión - Personero. RAD.: 20209000111702 del 13-03-20.
En atención al escrito de la referencia, mediante el cual consulta qué trámite se debe adelantar frente a la designación de personero debido a
que por falta del umbral de votación, no se ha llevado a cabo la elección de los miembros del concejo municipal por lo tanto no se ha realizado la
elección de personero y existiría una falta absoluta de personero, me permito manifestarle lo siguiente:
En cuanto a la elección del personero, la Constitución Política dispuso:
“ARTÍCULO 313. Corresponde a los concejos (…)
8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.”
Igualmente, el artículo 35 de la Ley 1551 de 2012, que a su vez modificó el artículo 170 de la Ley 136 de 1994, desarrolla el tema de la elección
de los personeros en los siguientes términos:
“ARTÍCULO 35. El artículo 170 de la Ley 136 de 1994 quedará así:
ARTÍCULO 170. Elección. Los Concejos Municipales o distritales según el caso, elegirán personeros para periodos institucionales de cuatro (4)
años, dentro de los diez (10) primeros días del mes de enero del año en que inicia su periodo constitucional, previo concurso público de méritos
que realizará la Procuraduría General de la Nación (expresión tachada declarada inexequible por la Corte Constitucional en Sentencia
C-105/2013), de conformidad con la ley vigente. Los personeros así elegidos, iniciarán su periodo el primero de marzo siguiente a su elección y
lo concluirán el último día del mes de febrero del cuarto año. (…)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR