Concepto Nº 153101 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 22-04-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900380619

Concepto Nº 153101 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 22-04-2020

Fecha22 Abril 2020
Número de oficio153101
MateriaREMUNERACIÓN,Encargo,REMUNERACION
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 153101 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 153101 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000153101*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000153101
Fecha: 22/04/2020 10:19:46 a.m.
Bogotá D.C.,
Referencia: REMUNERACIÓN- Salario. RAD. 20202060100792 del 10 de marzo de 2020.
Por medio del presente, y en atención a su consulta donde solicita se le informe si:
“Al ingresar en el período de prueba mi sueldo disminuye? Pues en la actualidad devengo $2.094.157. Por lo anterior, mi consulta es que quiero
saber si voy a entrar ganando lo que se ofertó en la convocatoria o lo que realmente ganan en la actualidad, los administrativos de dicha OPEC,
grado y código en la actualidad que están laborando en propiedad y los administradores que están provisionales.
En atención a la misma me permito indicarle que el Gobierno Nacional año a año dicta los decretos por los cuales se fijan las remuneraciones de
los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo
Sostenible, en consecuencia debe revisar la escala y la denominación de su empleo para determinar cuál es el salario que le corresponde, para
el año 2020 el aumento salarial debe corresponder al incremento porcentual del IPC total en 2019 certificado por el DANE, más uno punto treinta
y dos por ciento (1.32%), el cual debe regir a partir del 1° de enero del presente año.
El incremento porcentual del IPC total de 2019 certificado por el DANE fue de tres punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los
salarios y prestaciones se ajustaron en cinco punto doce por ciento (5.12%) para el año 2020, retroactivo a partir del 1° de enero del presente
año.
En todo caso, si usted tenía un grado salarial y concursó para un cargo de menor nivel o grado, tendrá la asignación para el cual paso el
concurso, independientemente del salario que devengue.
Por lo tanto, y en atención a su consulta, al tomar posesión del cargo de carrera su asignación salarial corresponderá a la establecido para el
cargo en cuestión.

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