Concepto Nº 159681 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 28-04-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 913369721

Concepto Nº 159681 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 28-04-2022

Número de radicado20226000159681
Año2022
Fecha28 Abril 2022
Número de oficio159681
MateriaFUERO SINDICAL,Levantamiento
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 159681 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 159681 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000159681*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000159681
Fecha: 28/04/2022 04:52:30 p.m.
Bogotá D.C.
Referencia: FUERO SINDICAL. Levantamiento. Permiso sindical. NATURALEZA JURIDICA. Personerías. EMPLEO. Ley de garantías. RETIRO DEL
SERVICIO. Insubsistencia de empleados de libre nombramiento y remoción. EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO. Empleados de libre nombramiento y
remoción. ENTIDADES TERRITORIALES. Régimen disciplinario. EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO. Empleados de libre nombramiento y remoción
Radicado: 20222060127112 del 17 de marzo de 2022.
En atención a la comunicación de la referencia, solicita usted, en ejercicio del derecho de petición se le emita un concepto en respuesta a las
siguientes preguntas:
1. ¿Para desvincular a un empleado público de libre nombramiento y remoción que no ejerce jurisdicción, autoridad civil, política o cargos de
dirección o administración, que hace parte de la junta Directiva, en consecuencia es Directivo sindical y por ende tiene la garantía de fuero
sindical, se debe acudir al Juez Laboral para solicitar el levantamiento del fuero sindical o cual es el mecanismo que se debe observar para
calificar la justa causa en virtud de la cual se pretende desvincular al funcionario?
2. ¿Se puede declarar la insubsistencia de un funcionario de libre nombramiento y remoción en medio de una ley de garantías?
3. ¿Es posible declarar la insubsistencia de un empleado público de las características expuestas, esto es de libre nombramiento y remoción, que
es directivo sindical, tiene fuero sindical y está tramitando una solicitud de permiso sindical para participar en una Negociación Colectiva en
medio de la ley de garantías sin que se observe el agotamiento del procedimiento de levantamiento del fuero sindical?
4. ¿Cuáles son las responsabilidades disciplinarias, administrativas, penales y fiscales en las cuales puede incurrir el funcionario que declare la
insubsistencia de un empleado público de las características expuestas, esto es, de libre nombramiento y remoción, que es directivo sindical, por
ende, goza de fuero y está tramitando una solicitud de permiso sindical para participar en una Negociación Colectiva en medio de la ley de
garantías sin que se observe el agotamiento del procedimiento especial de levantamiento del fuero sindical?
5. ¿Cuáles son las autoridades competentes para conocer de las investigaciones para determinar las responsabilidades a las que se refiere el
hecho anterior?
6. ¿Tratándose de declaratorias de insubsistencia de Directivos Sindicales en Personerías Territoriales quien es el responsable para conocer de
los procesos disciplinarios?
7. ¿Cómo debe evaluarse el desempeño laboral de los funcionarios de libre nombramiento y remoción que tienen permiso sindical?

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