Concepto Nº 160341 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 29-04-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 913369294

Concepto Nº 160341 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 29-04-2022

Número de radicado20226000160341
Año2022
Fecha29 Abril 2022
Número de oficio160341
MateriaREMUNERACIÓN,Salario
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 160341 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 160341 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000160341*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000160341
Fecha: 29/04/2022 09:08:20 a.m.
Bogotá D.C.
REF: REMUNERACION. Salario. RAD: 20222060149472 del 01 de Abril de 2022.
En atención a la solicitud de referencia, donde se pregunta sobre la posibilidad de que se modifique el valor del salario a una resolución de
nombramiento de un empleado de carrera justificando esta situación en la corrección de un yerro dentro de la misma, en especifico presentando
los siguientes cuestionamientos:
1.¿Ante esta situación que acciones jurídicas puedo interponer y ante quién?
2. Si hago la reclamación ¿podría afectar mi nombramiento?, dado a que el salario que se oferto en la convocatoria para provisión del cargo es
mayor a la de la escala salarial que tiene la empresa.
3. ¿Puede la empresa pedir la revocatoria el decreto donde hacen la convocatoria después de haber agotado el procedimiento de convocatoria
pública para la provisión del cargo para el cual resulte designada, nombrada y posesionada constitucional y legalmente y dejar sin efecto mi
nombramiento?
4. ¿Pueden declarar desierta la convocatoria después de haber agotado el procedimiento de convocatoria pública para la provisión del cargo
para el cual resulte designada, nombrada y posesionada constitucional y legalmente y dejar sin efecto mi nombramiento?
5. Se puede bajar el salario sin consultarlo con el trabajador, fundado en lo postulado por el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, que permite
corregir “yerros” de tipología simple o llana cuando se trata del salario de una persona?.
Procederemos a dar respuesta a cada interrogante de la siguiente forma:
1. ¿Ante esta situación que acciones jurídicas puedo interponer y ante quién?
Este Departamento en ejercicio de sus funciones contenidas en el Decreto 430 de 2016, realiza la interpretación general de las disposiciones
legales relacionadas con el empleo público y la administración de personal; sin embargo, no le corresponde la valoración de los casos
particulares, y carece de competencia para ordenar reconocimiento de derechos; tampoco funge como entre de control ni es el competente para
decidir sobre la legalidad de las actuaciones de las entidades del estado, tampoco es competente para prestar asesorías jurídicas particulares,
siendo esto función de los abogados.
Sin embargo, a modo de información general, en controversias que se presenten con la administración, la Ley 1437 del 2011, en su Titulo lll,
describe cada uno de los medios de control a los que se puede acudir con el fin de dirimir un conflicto con el Estado vía contenciosa, estos deben

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