Concepto Nº 163501 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 11-05-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900331653

Concepto Nº 163501 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 11-05-2021

Número de radicado20216000163501
Año2021
Fecha11 Mayo 2021
Número de oficio163501
MateriaSITUACIONES ADMINISTRATIVAS,Empleados de Carrera
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 163501 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 163501 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000163501*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000163501
Fecha: 11/05/2021 03:25:25 p.m.
Bogotá D. C.,
REF.: SITUACIONES ADMINISTRATIVAS. Evaluación del desempeño laboral del período de prueba para encargo. RAD.: 20212060421042 del
10-05-2021.
Acuso recibo comunicación, mediante la cual solicita aclaración respecto a si en el caso de que un servidor público que ha superado el periodo
de prueba solicita un encargo en una vacancia temporal o definitiva disponible en la planta central del Municipio de San José de Cúcuta, a lo cual
este Despacho ha identificado que el proceso de inscripción a carrera administrativa está cargado en el aplicativo de la CNSC y no se evidencia
el acto resolutivo que lo confirme.
Al respecto me permito manifestarle lo siguiente:
La Ley 909 de 2004 establece:
“ARTÍCULO 24. Encargo. Modificado por el Artículo 1 de la Ley 1960 de 2019. Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de
carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados en estos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen
las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del
desempeño es sobresaliente.
En el evento en que no haya empleados de carrera con evaluación sobresaliente, el encargo deberá recaer en quienes tengan las más altas
calificaciones descendiendo del nivel sobresaliente al satisfactorio, de conformidad con el sistema de evaluación que estén aplicando las
entidades. Adicionalmente el empleado a cumplir el encargo deberá reunir las condiciones y requisitos previstos en la ley.
El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la
entidad.

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