Concepto nº 165090, Superintendencia de Industria y Comercio, 28-08-2015 - Normativa - VLEX 792368745

Concepto nº 165090, Superintendencia de Industria y Comercio, 28-08-2015

Fecha28 Agosto 2015
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
MateriaCAMARAS DE COMERCIO
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 15-165090- -00002-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 1
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, por la cual se
sustituye el Título II del Código de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta
Entidad con el número que se indica en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la Consulta
En su comunicación consulta sobre la disolución de una sociedad registrada que
nunca ha operado y por tanto nunca se ha renovado la matrícula mercantil,
preguntando:
Quisiera saber ¿Que (sic) se puede hacer para evitar esa sanción y la
disolución de esta?.”
Al respecto, le informamos que esta Oficina Asesora Jurídica a través de un
concepto no puede resolver situaciones particulares. Así mismo, dado que no es
muy clara su consulta, consideramos oportuno precisar que este concepto
desarrollará dos situaciones distintas, la primera, la sanción por no renovación de
la matrícula mercantil artículos 37 del Código de Comercio y 30 de la Ley 1727

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