Concepto Nº 168371 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 05-05-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 913369492

Concepto Nº 168371 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 05-05-2022

Fecha de entrada en vigor05 Mayo 2022
Fecha05 Mayo 2022
Año2022
Número de radicado20226000168371
Número de oficio168371
MateriaEMPLEO,Requisitos
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 168371 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 168371 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000168371*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000168371
Fecha: 05/05/2022 07:09:04 p.m.
Referencia: EMPLEO. REQUISITOS PARA ACCEDER - EXAMEN MEDICO. RAD. 20229000154242 del 5 de abril de 2022.
En atención a su comunicación de la referencia, mediante el cual presenta interrogantes relacionados con el Examen médico de preingreso., me
permito dar respuesta a los mismos, en el mismo orden de su presentación y en atención a las facultades y competencias que se le atribuyen a
este Departamento Administrativo.
A su primer interrogante mediante el cual consulta: “(...) El certificado o la realización de estos exámenes se hacen previo al nombramiento,
durante el nombramiento, posterior al nombramiento, antes de la posesión o después de la posesión, al iniciar el ejercicio del empleo o no es
necesario exigir los mismos?
(...)”
RESPUESTA:
Respecto a esta consulta me permito comunicarle que el Decreto 1083 de 2015 dispuso frente a los requisitos para el nombramiento y ejercer el
empleo público, lo siguiente:
“(...) ARTÍCULO 2.2.5.1.4 Requisitos para el nombramiento y ejercer el empleo. Para ejercer un empleo de la Rama Ejecutiva de los órdenes
nacional y territorial, se requiere:
Reunir los requisitos y competencias que la Constitución, la ley, los reglamentos y los manuales de funciones y de competencias laborales exijan
para el desempeño del cargo.
No encontrarse inhabilitado para desempeñar empleos públicos de conformidad con la Constitución y la ley.
No estar gozando de pensión o tener edad de retiro forzoso, con excepción de los casos señalados en la ley.
No encontrarse en interdicción para el ejercicio de funciones públicas.
Tener definida la situación militar, en los casos a que haya lugar.
(Ver Ley 1780 de 2016. Arts. 19, 20 y 21)
Tener certificado médico de aptitud física y mental y practicarse el examen médico de ingreso, ordenado por la entidad empleadora.
Ser nombrado y tomar posesión.
ARTÍCULO 2.2.5.1.5 Procedimiento para la verificación del cumplimiento de los requisitos. Corresponde al jefe de la unidad de personal o quien
haga sus veces, antes que se efectúe el nombramiento:

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