Concepto Nº 175391 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 04-05-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 971760882

Concepto Nº 175391 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 04-05-2023

Fecha de entrada en vigor04 Mayo 2023
Número de radicado20236000175391
Año2023
Fecha04 Mayo 2023
Número de oficio175391
MateriaREMUNERACIÓN,Asignación Salarial
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 175391 de 2023 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 175391 de 2023 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20236000175391*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20236000175391
Fecha: 04/05/2023 04:06:18 p.m.
Bogotá D.C
Referencia: REMUNERACIÓN. Asignación Salarial. Radicación: 20232060200572 del 3 de abril de 2023.
En atención a la radicación de la referencia, en la cual plantea y consulta lo siguiente:
En una Entidad fue autorizado el ajuste y aumento de grados salariales aplicable a todos los funcionarios. Superado el periodo de prueba de un
empleado público que ganó concurso de méritos y que ha sido evaluado con calif‌icación sobresaliente ¿Puede este empleado inscrito en el
RPCA, que lleva 6 meses en la Entidad, disfrutar el ajuste por aumento de grado salarial del que gozarán los demás funcionarios antiguos, una
vez se realice a todos los servidores, o debe esperar a que se supere la vigencia de la lista de elegibles de dos (2) años para poder solicitar el
ajuste de grado salarial?
Se da respuesta en los siguientes términos.
En primer lugar, se considera pertinente tener en cuenta que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Ley 909 de 20041 y el artículo 2
del Decreto Ley 785 de 20052, esta Dirección Jurídica ha sido consistente al manifestar que el empleo público es el núcleo básico de la función
pública, e implica un conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a su titular con las competencias requeridas para
llevarlas a cabo, a efectos de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los f‌ines del Estado.
De manera que los empleos se agrupan por niveles, correspondiendo igualmente una serie de responsabilidades y obligaciones de acuerdo a su
nivel jerárquico, que como contraprestación el empleado recibirá una asignación básica mensual f‌ijada previamente de acuerdo con las escalas
de remuneración establecidas por el Gobierno Nacional.
Por lo tanto, el empleo debe ser entendido como la denominación, el código y el grado salarial que se asignan para su identif‌icación, así como el
conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo; es de
anotar que el grado salarial determina la asignación básica que recibirá el empleado como contraprestación por sus servicios prestados.
En este mismo sentido y teniendo como precepto que su consulta es sobre el empleo ofertado en un concurso de méritos, el Decreto 1083 de
20153 establece:
“Artículo 2.2.6.3 Convocatorias. Corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, con base
en las funciones, los requisitos y el perf‌il de competencias de los empleos def‌inidos por la entidad que posea las vacantes, de acuerdo con el
manual específ‌ico de funciones y requisitos.
La convocatoria es norma reguladora de todo concurso y obliga a la Comisión Nacional del Servicio Civil, a la administración, a la entidad que
efectúa el concurso, a los participantes y deberá contener mínimo la siguiente información: (...)
Identif‌icación del empleo: denominación, código, grado salarial, asignación básica, número de empleos por proveer, ubicación, funciones y el
perf‌il de competencias requerido en términos de estudios, experiencia, conocimientos, habilidades y aptitudes.
(...)” (Subraya fuera de texto)
De lo previsto en la norma, es claro que, en la convocatoria a concursos de méritos, se debe identif‌icar plenamente cada empleo ofertado,
indicando, entre otros, la denominación, código, grado salarial, asignación básica, número de empleos por proveer, ubicación, funciones y el
perf‌il de competencias requerido en términos de estudios, experiencia, conocimientos, habilidades y aptitudes.

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