Concepto Nº 175691 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 11-05-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900380135

Concepto Nº 175691 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 11-05-2020

Número de radicado20206000175691
Fecha11 Mayo 2020
Número de oficio175691
MateriaESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA,COVID-19
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 175691 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 175691 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000175691*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No: 20206000175691
Fecha: 11/05/2020 04:52:46 p .m.
Bogotá D.C.
REF. PRESTACIONES SOCIALES. - Dotación - Entrega dotación de vigencia anterior por falta de recursos. RAD. 20202060174622 del 7 de mayo de
2020.
En atención a la comunicación de la referencia, mediante la cual pone de presente que finalizando el año 2019, los funcionarios adscritos a la
Administración Municipal de la Alcaldía Municipal de Ortega, solicitaron se les concediera la dotación de la cual tenían derecho y que fuera fijado
dicho beneficio para la siguiente administración, sin embargo para el año 2020, se volvió a reiterar dicha solicitud a la nueva administración
solicitando también que se evaluara y se proyectará la cuantía para el pago de la dotación, pero la respuesta por parte de la entidad es que no
cuentan con el recurso disponible para dicho pago, y en tal sentido solicita concepto con relación al pago de dicha prestación social. Al respecto,
me permito manifestar lo siguiente:
Inicialmente es importante destacar que la resolución de los casos particulares corresponderá a la autoridad empleadora y nominadora, en
cuanto es la instancia que conoce de manera cierta y documentada la situación particular de su personal y, además, en desarrollo de los
principios de la especialización presupuestal y de la autonomía administrativa, constituye el único órgano llamado a producir una declaración de
voluntad con efectos vinculantes en el mundo del derecho.
Por tanto, este Departamento en ejercicio de sus funciones contenidas en el Decreto 430 de 20161, realiza la interpretación general de las
disposiciones legales; sin embargo, no le corresponde la valoración de los casos particulares, y carece de competencia para ordenar
reconocimientos de elementos salariales o prestacionales; tampoco funge como entre de control ni es el competente para decidir sobre la
legalidad de las actuaciones de las entidades del estado, competencia atribuida a los jueces de la república.
No obstante, a manera de información general nos referiremos respecto al fundamento legal que atañe a su consulta. Con relación a la dotación
de los empleados públicos, la Ley 70 de 1988, "Por la cual se dispone el suministro de calzado y vestido de labor para los empleados del sector
público”, dispone:
"ARTÍCULO 1. Los empleados del sector oficial que trabajan al servicio de los Ministerios, Departamentos Administrativos , Superintendencias,
Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, Empresas Industriales y Comerciales de tipo oficial y Sociedades de Economía
Mixta, tendrán derecho a que la entidad con que laboran les suministre cada cuatro (4) meses, en forma gratuita un par de zapatos y un (1)

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