Concepto nº 176644, Superintendencia de Industria y Comercio, 26-08-2016 - Normativa - VLEX 980580913

Concepto nº 176644, Superintendencia de Industria y Comercio, 26-08-2016

Fecha26 Agosto 2016
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 16-176644- -00002-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 1
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Reciba cordial saludo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, por medio
de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del
fundamento jurídico sobre el cual se funda la consulta objeto de la solicitud, procede
la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO a emitir un
pronunciamiento, en los términos que a continuación se pasan a exponer:
1. OBJETO DE LA CONSULTA
Atendiendo a la solicitud por usted radicada ante esta Entidad a través de su
comunicación de fecha 30 de junio de 2016, en la cual se señala:
En ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23
de la constitución política de Colombia y con el lleno de lo
requisitos legales del artículo 16 del código de procedimiento
administrativo y de lo contencioso administrativo,
respetuosamente me dirijo a ustedes para solicitar:
¿Bajo qué criterios específicos se puede determinar si
un contrato corresponde a contrato de agencia o un
contrato de distribución?
¿Existe precedente vinculante acerca de la posibilidad
de no pagar la cesantía comercial dada en virtud de un
contrato de agencia por el incumplimiento de una de
las obligaciones por parte del agente?
¿Se puede solicitar el traspaso de una marca
registrada del producto objeto del contrato por parte
del agente al agenciado una vez terminada la relación
contractual?
¿Dicha solicitud puede ser obligatoria para el agente?
¿Terminada la relación de agencia mercantil que
acciones proceden por la utilización del producto sin
autorización por parte del agenciado?
¿Se constituye una infracción a un contrato de
agencia, teniendo en cuenta las obligaciones del
agente, si este registra la marca del producto objeto
del contrato sin autorización por parte del agenciado?
¿Qué acciones proceden por parte del agenciado una
vez se desarrolla dicha actuación?
Presento esta solicitud como estudiante de la universidad del
Rosario con fines académicos y de investigación.”
Nos permitimos realizar las siguientes precisiones:

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