Concepto Nº 178871 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 08-05-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 1016732631

Concepto Nº 178871 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 08-05-2023

Fecha de entrada en vigor08 Mayo 2023
Número de radicado20236000178871
Año2023
Fecha08 Mayo 2023
Número de oficio178871
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Concejal- Diputado Alcalde
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 178871 de 2023 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 178871 de 2023 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20236000178871*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20236000178871
Fecha: 08/05/2023 09:57:11 a.m.
Bogotá D.C.
Referencia: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Concejal. Diputado. Alcalde. Radicado: 2023-206-018278-2 del 24 de marzo de 2023.
En atención a la comunicación de la referencia, solicita se emita un concepto en respuesta a las siguientes preguntas:
1.- Una persona que se encuentre vinculada mediante contrato de prestación de servicios o vinculación legal con la Registraduría Nacional del
Estado Civil o registraduría municipal del estado civil, que desempeña sus funciones en las instalaciones de una Registraduría municipal y/o
distrital en Colombia, ¿puede ser inscrita como candidata al concejo municipal, asamblea departamental o alcaldía municipal del ente territorial
donde desarrolla sus funciones?
2.- Una persona que tenga vínculos de consanguinidad en primer grado, con el registrador de una of‌icina de registro de instrumentos públicos
de un municipio o distrito puede ser inscrita como candidato al concejo municipal, asamblea departamental o alcaldía municipal del ente
territorial donde su consanguíneo ejerce funciones?
3.- ¿Una persona que tenga vínculos consanguíneos en primer o segundo grado con el vicerrector de la seccional de una institución de educación
superior en Colombia puede ser inscrita como candidata al concejo municipal, asamblea departamental o alcaldía municipal del ente territorial
donde su consanguíneo ejerce funciones?
FUNDAMENTOS DEL CONCEPTO
De conformidad con lo expuesto por la Corte Constitucional1y el Consejo de Estado2, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, como las
demás calidades, exigencias o requisitos que debe reunir quien aspire a ingresar o a permanecer al servicio del Estado, deben estar
consagradas en forma expresa y clara en la Constitución y en Ley.
Conforme lo anterior, las inhabilidades son restricciones f‌ijadas por el legislador para limitar el derecho de acceso al ejercicio de cargos o
funciones públicas, ello quiere decir, que tienen un carácter prohibitivo, y por consiguiente, son taxativas, es decir, están expresamente
consagradas en la Constitución o en la Ley y su interpretación es restrictiva, sin que puedan buscarse analogías o aducirse razones para
hacerlas extensivas a casos no comprendidos por el legislador, pues la voluntad de éste no puede ser suplantada, en detrimento de derechos de
terceros o de intereses sociales que exigen la sujeción estricta al texto de la ley prohibitiva.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR