Concepto Nº 189601 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 15-05-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 954471269

Concepto Nº 189601 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 15-05-2023

Fecha de entrada en vigor15 Mayo 2023
Número de radicado20236000189601
Año2023
Fecha15 Mayo 2023
Número de oficio189601
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Miembro de la Junta Directiva de una Empresa Social del Estado
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 189601 de 2023 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 189601 de 2023 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20236000189601*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20236000189601
Fecha: 15/05/2023 04:49:29 p.m.
Bogotá D.C.
REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Un miembro de una Junta Directiva de una ESE Hospital, delegado de usuarios tiene periodo de dos
años y se vence ahora en abril/23, la Secretaria de Salud Departamental no ha hecho la Convocatoria, sino que se va a emitir una resolución
ampliando el tiempo hasta diciembre, ¿esto es legal? Así mismo, este miembro de esta Junta aspira a lanzarse al Concejo Municipal, ¿estaría
inhabilitado para ello y que término tendría para renunciar a la Junta Directiva del Hospital? RAD. 20239000204332 del 04 de abril de 2023.
En atención a la comunicación de la referencia, en la cual consulta sobre el periodo de los miembros de la junta directiva de una E.S.E. Hospital;
me permito dar respuesta en los siguientes términos:
Sobre el particular, el Decreto 1876 de 19941 señala sobre la organización de las Empresas Sociales del Estado:
“Artículo 5.- Organización. Sin perjuicio de la autonomía otorgada por la Constitución Política y la ley a las Corporaciones Administrativas para
crear o establecer las Empresas Sociales del Estado, éstas se organizarán a partir de una estructura básica que incluya tres áreas, así:
Dirección. Conformada por la Junta Directiva y el Gerente y tiene a su cargo mantener la unidad de objetivos e intereses de la organización en
torno a la Misión y Objetivos institucionales; identif‌icar las necesidades esenciales y las expectativas de los usuarios, determinar los mercados a
atender, def‌inir la estrategia del servicio, asignar recursos, adoptar y adaptar normas de ef‌iciencia y calidad controlando su aplicación en la
gestión institucional, sin perjuicio de las demás funciones de dirección que exija el normal desenvolvimiento de la entidad; Atención al usuario.
Es el conjunto de unidades orgánico- funcionales encargadas de todo el proceso de producción y prestación de Servicios de Salud con sus
respectivos procedimientos y actividades, incluyendo la atención administrativa demandada por el usuario. Comprende la def‌inición de políticas
institucionales de atención, el tipo de recursos necesarios para el efecto, las formas y características de la atención, y la dirección y prestación
del servicio; De logística. Comprende las Unidades Funcionales encargadas de ejecutar, en coordinación con las demás áreas, los procesos de
planeación, adquisición, manejo, utilización, optimización y control de los recursos humanos, f‌inancieros, físicos y de información necesarios
para alcanzar y desarrollar los objetivos de la organización y, realizar el mantenimiento de la planta física y su dotación.
Parágrafo.- A partir de la estructura básica, las Empresas Sociales del Estado def‌inirán su estructura organizacional de acuerdo con las
necesidades y requerimientos de los servicios que ofrezca cada una de ellas.
Artículo 6.- De la Junta Directiva. La Junta Directiva de las Empresas Sociales del Estado de los órdenes nacional y territorial, estarán integradas
de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto-ley 1298 de 1994, así: una tercera parte de sus miembros serán representantes
del sector político administrativo o, otra tercera parte representará al sector científ‌ico de la salud y la tercera parte restante será designada por
la comunidad.
(...)
Sobre el particular, el Decreto 780 de 20162 señala:
“ARTÍCULO 2.5.3.8.4.2.3. MECANISMO DE CONFORMACIÓN DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS PARA LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DE
CARÁCTER TERRITORIAL. Las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado tendrán un número mínimo de seis miembros. En este
evento, la Junta se conformará de la siguiente manera:
El estamento político-administrativo estará representado por el Jefe de la Administración Departamental, Distrital o Local o su delegado y por el
Director de Salud de la entidad territorial respectiva o su delegado. 2. Los dos (2) representantes del sector científ‌ico de la Salud serán
designados así: Uno mediante elección por voto secreto, que se realizará con la participación de todo el personal profesional de la institución, del
área de la salud cualquiera que sea su disciplina. El segundo miembro será designado entre los candidatos de las ternas propuestas por cada

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR