Concepto nº 19235, Superintendencia de Industria y Comercio, 15-03-2013 - Normativa - VLEX 792394609

Concepto nº 19235, Superintendencia de Industria y Comercio, 15-03-2013

Fecha15 Marzo 2013
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
MateriaPROPIEDAD INDUSTRIAL - SIGNOS DISTINTIVOS
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 13-019235- -00004-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 2
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo
y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta
Entidad con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos.
1. Consulta y respuesta
1.1. ¿Cuál es el formulario para solicitar la inscripción de un acuerdo de coexistencia
y dónde puedo ubicarlo?
Respuesta: Actualmente no existe un formulario para inscribir acuerdos de
coexistencia, razón por la cual deberá presentarse mediante memorial dirigido a la
Dirección de Signos Distintivos.
1.2. ¿Puede una persona distinta del titular de una marca registrada solicitar dentro
del expediente de esa marca la inscripción de un acuerdo de coexistencia? Siendo el
solicitante de la inscripción parte firmante dentro del acuerdo de coexistencia.
Respuesta: Sí. No hay una norma que establezca que sólo el titular de la marca puede
presentar la solicitud de inscripción de un acuerdo de coexistencia y consideramos
que no hay razón para no aceptar la petición de uno de los suscriptores del acuerdo,
cuando también obra en él la firma del titular de la marca, como prueba de su
consentimiento en el negocio jurídico.

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