Concepto Nº 197241 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 02-06-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900334273

Concepto Nº 197241 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 02-06-2021

Número de radicado20216000197241
Año2021
Fecha02 Junio 2021
Número de oficio197241
MateriaRETIRO DEL SERVICIO,Examen de Egreso
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 197241 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 197241 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000197241*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000197241
Fecha: 02/06/2021 04:44:07 p.m.
Bogotá D.C.
REF: RETIRO DEL SERVICIO. Realización de exámenes de egreso. RAD. 20212060214442 del 03 de mayo de 2021.
1. Dado que el fin del examen ocupacional de egreso es determinar la salud del servidor al término de la relación laboral, cual es el
procedimiento que debe adelantar el servidor y/o la entidad pública en caso de que el médico laboral determine la necesidad de una
valoración por parte de la ARL y/o EPS por posible enfermedad laboral.
2. Que debe hacer la entidad pública cuando el médico o IPS contratados para realizar los exámenes de egreso, solicita o recomienda la
valoración por parte de ARL debido a secuelas derivadas de accidente o enfermedad laboral al momento de practicar dicho examen a un
servidor en proceso de desvinculación laboral.
3. Que deberes le asisten al servidor en caso de que el medico ocupacional recomiende ser evaluado por la ARL al momento de su examen de
egreso.
De lo anterior, me permito manifestar lo siguiente:
El Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, Libro 2 Parte 2 Título 4 Capítulo 6, estableció que, las disposiciones
allí contenidas deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil,
comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener
cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión.
Así mismo estableció, que los empleadores deben desarrollar acciones de vigilancia de la salud en el trabajo a través de las evaluaciones
médicas ocupacionales, evaluar los programas de seguridad y salud en el trabajo, y el ausentismo laboral por enfermedad, con el propósito de
identificar precozmente efectos hacia la salud derivados de los ambientes de trabajo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR