Concepto nº 19954, Superintendencia de Industria y Comercio, 16-03-2016 - Normativa - VLEX 792339121

Concepto nº 19954, Superintendencia de Industria y Comercio, 16-03-2016

Fecha16 Marzo 2016
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
MateriaPROPIEDAD INDUSTRIAL - SIGNOS DISTINTIVOS
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 16-019954- -00003-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 3
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo
y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta
Entidad con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos.
1. Objeto de la consulta.
"... solicito muy respetuosamente a su Despacho se sirva indicar cuál es el
momento oportuno para renovar un registro marcario, que en principio había
desaparecido de la vida jurídica por su cancelación, pero que re-vive por una
sentencia judicial, encontrándose su fecha de vigencia expirada, por cuanto
acaeció en el tiempo que tomó el respectivo proceso judicial."
2. Renovación de registros marcarios.
Acorde con lo previsto en el numeral 6.2.2 del Título X de la Circular Única de la
Superintendencia de Industria y Comercio, y el artículo 152 de la Decisión 486 de
2000, los registros marcarios concedidos por esta Entidad tendrán un periodo de
vigencia de diez (10) años, contados a partir de la fecha de la concesión, los cuales
son renovables sucesivamente por el mismo periodo de tiempo.

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