Concepto Nº 199791 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 28-05-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900376120

Concepto Nº 199791 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 28-05-2020

Número de radicado20206000199791
Año2020
Fecha28 Mayo 2020
Número de oficio199791
MateriaPRESTACIONES SOCIALES,Auxilio de Cesantías
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 199791 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 199791 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000199791*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000199791
Fecha: 28/05/2020 08:13:38 p.m.
Bogotá
Referencia: PRESTACIONES SOCIALES - Auxilio de Cesantías. ¿Cómo se liquidan las cesantías del régimen retroactivo de los trabajadores oficiales
que ingresaron a laborar en el año 1993 y hacen parte del Fondo Nacional del Ahorro? Radicación No. 20202060184582 del 13 de mayo de
2020.
Acuso recibo de la comunicación de la referencia, mediante la cual consulta Cómo se liquidan las cesantías del régimen retroactivo de los
trabajadores oficiales que ingresaron a laborar en el año 1993, para lo cual me permito manifestar que:
Sea lo primero indicar que los trabajadores oficiales se regulan en material laboral por lo establecido en el contrato de trabajo, el reglamento
interno, y dada su condición para suscribir convenciones colectivas, también se sujetan a lo establecido en las mismas.
En virtud de lo anterior, en el contrato, la convención y el reglamento estará contemplado todo lo concerniente con la relación laboral, derechos,
deberes, salarios, prestaciones sociales, causales para la terminación del contrato, término de duración de los contratos, entre otros.
Por tanto, los trabajadores oficiales se rigen por dicho contrato, la convención colectiva, el pacto colectivo, laudo arbitral o reglamento interno
de trabajo si los hay, y por lo no previsto en ellos, por la Ley 6 de 1945, el Decreto 1083 de 2015 y el Decreto 1919 de 2002 en cuanto a
prestaciones sociales mínimas se refiere.
Por otro lado, el Decreto 3118 de 1968, “Por el cual se crea el Fondo Nacional de Ahorro, se establecen normas sobre auxilio de cesantía de
empleados públicos y de trabajadores oficiales y se dictan otras disposiciones”, Creó el Fondo Nacional del Ahorro y estableció las pautas para
liquidar las cesantías de los empleados públicos y trabajadores oficiales.
Respecto a la forma de liquidar esta prestación la norma indicó:
“ARTÍCULO 29. Salario base. Para efectuar las liquidaciones de que trata el Artículo 27, se tomará como base el salario promedio mensual
devengado por el empleado o trabajador en los tres últimos meses de cada año.

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