Concepto Nº 2-2022-169483 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2022 - Normativa - VLEX 924168119

Concepto Nº 2-2022-169483 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2022

Número de expediente1-2022-024331 Exp. 172/2022/CJUR
Fecha02 Diciembre 2022
Código: FO-PCA-CODO-009 Versión: 1
Carrera 69 No. 25 B 44 Pisos 3, 4 y 7
PBX: (+57 601) 348 7800 Bogotá - Colombia
Línea Gratuita Nacional: 018000 910 110 en Bogotá D.C.: 6013487777
www.ssf.gov.co - email ssf@ssf.gov.co
Al contestar este Oficio, por favor cite este número:
Señor
WILDER ANTONIO GUTIÉRREZ VELASQUEZ
Calle 15 No-35 Este MZ L Casa 10A
Villavicencio Meta
Email: wildergutierrezvelasquez@gmail.com
Ref.: 1-2022-024331 Exp. 172/2022/CJUR
Asunto: Concepto jurídico Porcentaje del FOVIS al cual pueden imputar las Cajas de
Compensación Familiar el valor de los costos y gastos administrativos
Respetado Sr. Gutiérrez,
Le extiendo un cordial saludo. Damos repuesta a la solicitud de concepto jurídico radicada con el 1-
2022-024331 del 19 de octubre de 2022, relacionada con el porcentaje del FOVIS al cual pueden
imputar las Cajas de Compensación Familiar el valor de los costos y gastos administrativos en que
incurran en el cumplimiento de sus obligaciones legales y reglamentarias relativas a dicho Fondo.
1) Competencia:
De conformidad con lo establecido en el Artículo 7, Núm. 8 del Decreto 2595 del 2012, la Oficina
Asesora Jurídica de la Superintendencia del Subsidio Familiar es competente para dar respuesta a
las peticiones externas, incluidas aquellas elevadas por particulares en ejercicio del derecho a
formular consultas.
2) Problema jurídico:
El problema jurídico consiste en determinar si los recursos no ejecutados en una determinada
vigencia del equivalente al 5% del valor del Fondo Obligatorio de Vivienda de Interés Social FOVIS
autorizado para gastos de administración del mismo Fondo a las Cajas de Compensación Familiar
en el artículo 2.1.1.1.1.6.2.4. del Decreto 1077 de 2015 (Único Reglamentario del Sector Vivienda,
Ciudad y Territorio), deben ser destinados a segunda prioridad o podrán ser incluidos para futuras
vigencias.
3) Antecedentes normativos y consideraciones de derecho:
2-2022-169483
Bogotá D.C., 2 de diciembre de 2022 16:50
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Documento firmado digitalmente
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verificarse ingresando en http://sw2k8r2esigna-e:8080/SedeElectronica/
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