Concepto nº 2010-5509 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 938695370

Concepto nº 2010-5509 de Consejo Nacional Electoral

Fecha20 Octubre 2010
Año de Publicación2010
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RADICADO:
5509 DE 2.010
ASUNTO:
EFECTOS DE LA PÉRDIDA
PERSONERÍA JURÍDICA DE
PARTIDO DEL MOVIMIENTO
APERTURA LIBERAL
PETICIONARIO:
OSCAR MEDINA GOMEZ
CONSEJERO PONENTE:
BERNARDO FRANCO RAMIREZ
FECHA DE APROBACION:
20 DE OCTUBRE DE 2010
Oscar Medina Gómez. asesor del Representante a la Cámara José Rodolfo Pérez
Suárez por la circunscripción electoral de Casanare. elevo consulta a esta
corporación el 13 de septiembre del año en curso dentro del radicado 5509 de
2010. en los siguientes términos:
1. PETICIÓN
"De acuerdo con la Resolución 1959 de 2010 emitida por el Consejo Nacional
Electoral. en la cual se declaró la pérdida de Personería jurídica a partir del 20
de julio de 2010 del Movimiento Apertura Liberal. solicito un
concepto
en el
sentido de saber si el señor Miguel Ángel Flórez Rivera. quien actuaba como
Director Nacional de dicho movimiento. puede continuar como representante
legal del mismo a sabiendas de que legalmente ya no existe expidiendo avales
para candidatos a cargos de elección popular y o enviando ternas para
reemplazar mandatarios-alcaldes y gobernadores- en caso de su falta absoluta
en el ejercicio de sus cargos" (sic)
2. ATRIBUCIONES DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
El numeral 6 del articulo 265 de la Constitución Politica modificado por el articulo
12 del Acto Legislativo 01 de 2.009. atribuye especialmente a la Corporación. la
siguiente función:

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