Concepto nº 2011-1460 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827436073

Concepto nº 2011-1460 de Consejo Nacional Electoral

Fecha05 Abril 2011
Número de registro1460-11
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RADICADO:
1460-11
ASUNTO:
POLIZA DE SERIEDAD POR
GRUPOS SIGNIFICATIVOS DE
CIUDADANOS
PETICIONARIO:
OSWALDO ALBERTO MARTÍNEZ
PINZON
MAGISTRADO PONENTE:
CARLOS
ARDILA
BALLESTEROS
FECHA DE APROBACIÓN:
5 DE ABRIL DE 2011
LA CONSULTA:
Mediante escrito radicado en esta Corporación bajo el número 1460-11, de fecha
24 de Marzo de 2011, y asignado en reparto de la Corporación efectuado el 28
de Marzo de 2011, al Despacho del Magistrado Ponente, el señor OSWALDO
ALBERTO MARTÍNEZ PINZON, consulta:
"Mi pregunta es que hacen las personas de escasos recursos y que quieren
participar en la fiesta democrática del 30 de octubre con una lista al concejo
Municipal y no pudieron conseguir un aval de ningún movimiento o partido político
vigente por diferentes circunstancias y la única salida que le queda son las firmas
pero viene el gran inconveniente que no hay plata para pagar la póliza de
seriedad.El caso concreto es Berbeo Boyacá cuando su censo Electoral no sube
de 1500 habitantes y el valor de la póliza es exorbitante y mas cuando el
campesino no tiene sino para sufragar los gastos de su familia y con estos costos
de la póliza s le están coartando el derecho a elegir y ser elegido que
constitucionalmente le es un derecho fundamental ."(Sic)
II. COMPETENCIA DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
establece en el artículo
265
las
atribuciones del Consejo Nacional Electoral:
"ARTICULO 265.
El Consejo Nacional Electoral tendrá, de conformidad con la ley,
las siguientes atribuciones especiales:

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