Concepto nº 2011-1947 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925763216

Concepto nº 2011-1947 de Consejo Nacional Electoral

Fecha17 Mayo 2011
Año de Publicación2011
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RADICADO:
ASUNTO:
PETICIONARIO:
MAGISTRADO PONENTE:
FECHA DE APROBACIÓN:
1947-11 DE 2011
INSCRIPCIÓN MEDIANTE FIRMAS PARA
ASPIRANTE A LA GOBERNACIÓN.
EDGAR JESÚS DÍAZ CONTRERAS
CARLOS ARDILA BALLESTEROS
17 DE MAYO DE 2011
I. LA CONSULTA
Mediante escrito radicado en esta Corporación bajo el número 1947-11, el
19 de Abril de 2011, y asignado en reparto de la Corporación efectuado el
26 de Abril del mismo año, al Despacho del Magistrado Ponente, el señor
EDGAR JESÚS DÍAZ CONTRERAS, consulta:
"1. ¿Cuántas firmas se requiere para la inscripción como candidato a la
Gobernación del Departamento de Norte de Santander, elecciones a
realizarse en el mes de octubre de 2011?
2. ¿ Sírvase indicar el valor de la póliza que debe constituirse para
garantizar la seriedad de la candidatura a la Gobernación del Departamento
de Norte de Santander para las elecciones del mes de octubre de 2011? ".
II. NORMAS APLICABLES
El Consejo Nacional Electoral es competente para conocer y absolver la
presente consulta, en virtud del artículo 39 de la ley 130 de 1994 y el
artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, que disponen:
Ley 130 DE 1994, artículo 39, literal c):
"ARTICULO 39.
Funciones del Consejo Nacional Electoral.
El Consejo
Nacional Electoral tendrá las siguientes funciones, además de las que le
confiere la Constitución, el código electoral y la legislación vigente:

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