Concepto nº 2014-2887 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 938696623

Concepto nº 2014-2887 de Consejo Nacional Electoral

Fecha29 Mayo 2014
Año de Publicación2014
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REPUBLlCA DE COLOMBIA
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CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
ORGANIZACiÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RADICADO: 2887 DE 2014
ASUNTO: CONSULTA CONCEJAL QUE ASPIRA POR
PARTIDO POLlTICO DISTINTO PARA SU
REELECCION
PETICIONARIO: JOSE ANTONIO CORRALES GIRALDO
MAGISTRADO PONENTE: JOSE JOAQUIN PLATA ALBARRACIN
FECHA DE APROBACiÓN: 29 DE MAYO DE 2014
1.
CONSULTA
Mediante escrito que fuera radicado el14 de abril del 2014 con 02887 de 2014,
el señor JOSE ANTONIO CORRALES GIRALDO, en su calidad de Concejal de
Anserma - Caldas, en ejercicio del Derecho de Petición, solicita:
"De manera respetuosa me permito solicitar me ayuden aclarar mi actual
situación política, que paso aexplicar.
Fui electo por votación popular, Concejal en el municipio de Anserma Caldas,
por el Movimiento Político AFRO VIDES, que hoy no existe y según entiendo se
llama actualmente 100% Colombia.
Mis preguntas en razón aque nadie hasta la fecha me las resuelve son:
¿Puedo volver aaspirar aun cargo de elección popular por un partido diferente
en las elecciones de 2015, sin que incurra en alguna inhabilidad?
¿Puedo apoyar candidatos de otros partidos políticos?
¿
Qué pasa con mi militancia política si AFRO VIDES el partido político por el cual
me hice elegir Concejal desapareció?"
2. CONSIDERACIONES NORMATIVAS
El Consejo Nacional Electoral tiene competencia para resolver las consultas que
se formulen en relación con las materias a su cargo, teniendo en cuenta que en
virtud del artículo 23 de la ConstituciónPolítica, debe tramitar y responder las
peticiones que le formulen las personas naturales o jurídicas. Igualmente de

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