Concepto nº 2014-3518 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 938692976

Concepto nº 2014-3518 de Consejo Nacional Electoral

Fecha15 Mayo 2014
Año de Publicación2014
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Consejo Nacional Electoral
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ORGANIZACiÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RADICADO 3518 DE 2014
ASUNTO: CONSULTA SOBRE EL VOTO EN BLANCO
SOLICITANTE: ALVARO VARCE
MAGISTRADO PONENTE:
FECHA DE APROBACiÓN:
OSCAR GIRALDO JIMENEZ
JUNIO 4 DE 2014
l. LA CONSULTA
Mediante oficio radicado el 15 de Mayo de 2014 y sometido a reparto, el ciudadano
ALVARO VARCE, identificado con cedula de ciudadanía No. 70.039.296, elevó consulta en
los siguientes términos:
Preguntas
"1. Qué pasaría si en la primera vuelta de las elecciones presidenciales el candidato
JUAN MANUEL SANTOS saca un 30.
O
por ciento de la votación. El voto en blanco
queda de segundo con 25.0 por ciento de la votación?
Pregunto: La segunda vuelta seria entre JUAN MANUEL SANTOS contra los votos
en blanco?
No creo que si el tercer candidato en votos perdió con los votos en blanco tenga
derecho aparticipar en la segunda vuelta.
11.COMPETENCIA DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En virtud de lo dispuesto por el artículo 23 de la ConstituciónPolítica, el Consejo Nacional
Electoral debe tramitar y responder las peticiones que le formulen las personas naturales o
jurídicas, mediante los procedimientos, dentro de los plazos y con las consecuencias legales
previstas en el libro primero del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
.Administrativo, según se trate de una petición en interés general, de una petición en interés
particular, de petición de informaciones o de formulación de consultas.

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