Concepto nº 2015-1081 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925766379

Concepto nº 2015-1081 de Consejo Nacional Electoral

Fecha20 Abril 2015
Año de Publicación2015
ORGA:ZZACIÓN ELECIOM
Consejo Nacional Electoral
REPOBLICA DE COLOMBIA
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RADICADO:
1081 de 2015
ASUNTO:
CONSULTA SOBRE LA NUEVA
DIVISION TERRITORIAL EN LAS
LOCALIDADES, ELECCIONES JAL
PETICIONARIO:
GERMAN ALBERTO SANCHEZ ARREGOCES
CONSEJERO PONENTE:
ALEXANDER VEGA ROCHA
FECHA
DE
APROBACIÓN:
20 DE ABRIL DE 2015
1. LA SOLICITUD
Mediante escrito radicado en esta Corporación con el número 1081, de fecha 10 de Febrero de
2015, el Señor GERMAN ALBERTO SANCHEZ ARREGOCES, eleva solicitud de consulta a
esta Corporación; sobre nueva división territorial en las localidades; en los siguientes términos:
"(...) PRIMERO. El Congreso de la Republica, aprobó la Ley 1617 de 2013 "Por la
cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales". La norma citada establece
en el artículo 34, lo siguiente:
011GANIZACK
,
N
Encroael
Consejo Nacional Electoral
2
RUBRICA VE COLOMBIA
Consulta No. 1081 de 2015
ARTICULO 34°. Los distritos estarán divididos en localidades, de acuerdo con
las características sociales de sus habitantes, con homogeneidad relativa
desde el punto de vista geográfico, social, cultural y económico.
Complementariamente expresa que "cada localidad estará sometida (...), a la
autoridad de una junta administradora..." y que "Las Juntas Administradoras Locales
se elegirán popularmente para periodos de cuatro años" (arts. 36 y 43).
SEGUNDO: El Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta materialmente
se halla dividido territorialmente en nueve (9) comunas cuatro (4) Corregimientos. Sin
embargo, el pasado 12 de diciembre de 2014. Concejo Distrital —
a
iniciativa del
Alcalde Mayor- mediante el acuerdo 025 reglamento lo dispuesto en las normas
legales precitadas afectuando formalmente la división del territorio del Distrito en tres
(3) localidades así:
Localidad 1. Cultural Tayrona — San Pedro Alejandrino (integrada por las
actuales comunas 1, 6 y 9 y los Corregimientos de Guachaca y Bonda)
Localidad 2. Histórica Rodrigo de Bastidas (conformada por las actuales
comunas 2, 3, 4 y 5 y el Corregimiento de Taganga).
Localidad 3 Turística. — Perla del Caribe (constituida por las actuales
comunas 7 y 8 y el Corregimiento de Minca.
TERCERO: Conforme al calendario electoral 2015 expedido por el Consejo Nacional
Electoral, el domingo 25 de octubre se llevara a cabo las lecciones locales en las que
se elegirán Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales y Ediles distritales y
municipales.
PETICIONES
Teniendo en cuenta los anteriores hechos (nueva división territorial y elecciones
locales), de manera respetuosa, me permito solicitar las siguientes peticiones:
1.
¿Las nuevas circunscripciones electorales para el Distrito de Santa Marta
estarían conformadas por las nuevas divisiones territoriales denominadas
localidades?
2.
¿Las nuevas circunscripciones electorales (localidades) las conformarían la sola
integración de las comunas y corregimientos actuales, respectivamente?
3.
¿Le corresponde al Consejo Nacional Electoral expedir una reglamentación
conforme a la nueva división territorial en localidades
para
llevar a cabo las

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR