Concepto nº 2015-1325 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827340833

Concepto nº 2015-1325 de Consejo Nacional Electoral

Fecha04 Marzo 2015
4
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
ASUNTO
INHABILIDAD
PARA
CONCEJAL- PARENTESCO
PETICIONARIA
PAOLA ANDREA ACOSTA
FERNANDEZ
MAGISTRADO
CARLOS CAMARGO ASSIS
RADICADO
1325 DE 2015
FECHA DE APROBACIÓN 4 DE MARZO DE 2015
1.
LA SOLICITUD
1.1 Mediante comunicación radicada el 17 de febrero de 2015, bajo el número
1325-15, la señora PAOLA ANDREA AGOSTA FERNANDEZ hace la siguiente
solicitud:
"Me remito a este correo, con el fin de solicitar su colaboración en el
sentido de obtener un concepto sobre si existiría o no, una posible
inhabilidad para un candidato que aspira llegar al Consejo de un
Municipio, al ser el Padre de un Funcionario que labora actualmente en
la Administración Municipal y lo hace desde el año 2012."
1.2 En reparto de negocios de la Corporación efectuado el 18 de febrero de
2015, fue asignado el presente asunto al Magistrado ponente CARLOS
CAMARGO ASSIS.
2.
COMPETENCIA
El Consejo Nacional Electoral tiene competencia para resolver las consultas que
se formulen en relación con las materias a su cargo, teniendo en cuenta que en
virtud del artículo 23 de la Constitución Política, debe tramitar y responder las
peticiones que le formulen las personas naturales o jurídicas. Igualmente de

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