Concepto nº 2015-574 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925893276

Concepto nº 2015-574 de Consejo Nacional Electoral

Fecha04 Marzo 2015
Año de Publicación2015
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
ASUNTO
INHABILIDADES
PARA
ALCALDE
PETICIONARIO
MARCO TULIO SUÁREZ BONETT
MAGISTRADO
CARLOS CAMARGO ASSIS
RADICADO
574 DE 2015
FECHA DE APROBACIÓN
4 de marzo de 2015
1. LA SOLICITUD
Mediante comunicación radicada el 28 de enero de 2015, el señor MARCO
TULIO SUÁREZ BONETT hace la siguiente consulta:
1. "¿Puede el señor Efraín Bello Camargo aspirar a la alcaldía municipal de malambo,
donde se ha desempeñado como secretario General de la alcaidía Municipal de
Malambo, municipio que se encuentra en la categoría 4, y que en diferentes
oportunidades; tal como lo describo más adelante haya sido alcalde encargado
cumpliendo con los requisitos de ley y en uso de sus funciones haya intervenido como
ordenador del gasto en la ejecución de recursos de inversión y celebración de contratos,
ejecutados en el respectivo municipio?
RAZONES DE LA PETICIÓN
La presente petición está fundamentada en las siguientes 1. Tener como prueba ante un
eventual proceso judicial por El señor Efraín Bello Camargo, identificado con la
cédula de ciudadanía No. 72040450 expedida en Malambo quien se
desempeñaba en el cargo de Secretario General, adscrito a la planta global de empleados
de la Administración central del municipio de Malambo. Aceptó el decreto Nro.106 (Mayo
02 de 2014), por medio del cual se le encarga temporalmente las funciones del despacho
del alcalde al secretario- general de la alcaldía Municipal de Malambo. Convirtiéndose el señor
Efraín Bello Camargo, en funcionario con características iguales al del alcalde; tal
como lo expresa el encabezado del artículo 38 de la ley 617 de 2000 los alcaldes, como
los que reemplacen en el ejercicio del cargo', se aplica también al alcalde encargado,

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