Concepto Nº 2020514853 de la Comisión de Regulación de las Comunicaciones, 31-07-2020 - Normativa - VLEX 847421805

Concepto Nº 2020514853 de la Comisión de Regulación de las Comunicaciones, 31-07-2020

Fecha31 Julio 2020
MateriaPostales
Normativa aplicadaLey 1978 de 2019- Literal f. del artículo 2 de la Resolución 1552 de 2014, modificado por la Resolución 3844 de 2014,
EmisorComisión de Regulación de Comunicaciones (Colombia)
Calle 59A BIS No. 5-53, Edificio Link Siete Sesenta, piso 9 Bogotá, D.C.
Código postal 110231 - Teléfono +57 (1) 319 8300
Línea gratuita nacional 018000 919278
Fax +57 (1) 319 8301
Revisión: 12 Aprobado: Coordinación Relacionamiento con Agentes Vigencia: 01/02/2020
Rad. 2020806368
Cod. 4000
Bogotá, D.C.
REF: Consulta sobre aplicación del indicador de calidad de entregas en buen estado
para el servicio postal de correo.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con radicado No.
2020806368 del 23 de junio de 2020, en la cual solicita aclaración en lo que respecta al literal “f.
Entrega de objetos postales” del artículo 2 de la Resolución MinTIC 1552 de 2014, modificado por
la Resolución MinTIC 3844 de 2014; textualmente su consulta es
“¿si todos los eventos operativos
que afectan la entrega en buen estado del objeto postal deben y pueden ser tenidos dentro del
cálculo de dicho indicador o si existen algunos eventos de calidad en el proceso de entregas en
buen estado que se deba cumplir al 100%?”
.
Previo a hacer referencia al objeto de la consulta, debe mencionarse que la CRC, al rendir
conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPCACA) y según las competencias y facultades
que le han sido otorgadas por la normatividad vigente. De este modo, el alcance del
pronunciamiento solicitado tendrá las consecuencias que el ordenamiento jurídico le otorga a los
conceptos rendidos por las autoridades administrativas. Así mismo, debe recordarse que los
conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, sino que deben hacer
referencia a la materia por la cual se pregunta de manera general y abstracta, y sobre el contenido
y aplicación del marco regulatorio.
Precisado lo anterior, a continuación, esta Comisión aclara lo relativo al indicador de calidad
establecido en el literal f. del artículo 2 de la Resolución 1552 de 2014, modificado por la Resolución
3844 de 2014, teniendo en consideración los actos administrativos expedidos por el Ministerio de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) quien, en su momento, era la Entidad
facultada para definir los indicadores técnicos y de calidad de los servicios pertenecientes al SPU,
pero que, con ocasión a la expedición de la Ley 1978 de 2019, hoy en día hace parte de las
facultades regulatorias que el legislador le asignó a la CRC en materia postal.

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