Concepto n° 202211602345001 de Ministerio de Salud, de 2022 - Normativa - VLEX 915728433

Concepto n° 202211602345001 de Ministerio de Salud, de 2022

Fecha de publicación30 Noviembre 2022
Fecha22 Noviembre 2022
*202211602345001*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 202211602345001
Fecha: 22-11-2022
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Carrera 13 No. 32-76 - Código Postal 110311 - Bogotá D.C
PBX: (57-601) 3305000 - Línea gratuita: 018000-960020 - Fax: (57-601) 3305050 - www.minsalud.gov.co
Bogotá D.C.,
URGENTE
ASUNTO: Radicado 202242302419962
Transcripción y pago de incapacidades
Radicado Ministerio de Trabajo 02EE2021410600000074128
Respetado señor xxxxxx:
Procedente del Ministerio del Trabajo, hemos recibido su comunicación, mediante la cual
manifiesta y solicita “(…) Por favor es para solicitar la orientación para la transcripción de una incapacidad
medica ya que la EPS no lo hace según ellos "por el Decreto 0019 de 2012. Artículo 12, el tramite deberá
ser adelantado, de manera directa, por el empleador ante las entidades promotoras de salud, EPS. En
consecuencia, en ningún caso puede ser trasladado al afiliado el trámite para la obtención de dicho
reconocimiento." Lo anterior fue comunicado a la empresa en la que laboro, dándome como respuesta que
ellos no hacen el tramite ya que manejan más de 40.000 empleados. Solicito muy amablemente su ayuda
ya que no sé a qué ente gubernamental dirigirme”. Al respecto, nos permitimos señalar:
En primer lugar, es preciso indicar que en el marco de las competencias otorgadas a este
Ministerio en el Decreto Ley 4107 de 2011
1
, modificado en algunos apartes por los Decretos 2562
de 2012
2
y 1432 de 2016
3
, es necesario precisar que esta Dirección tiene la competencia para
emitir conceptos jurídicos de carácter general sobre la aplicación de las normas que rigen el
Sistema General de Seguridad Social en Salud SGSSS, sin que se nos haya otorgado la facultad
de pronunciarnos frente a casos particulares o respecto al proceder de los empleadores en cuanto
al trámite de pago y transcripción de una incapacidad general y licencias de maternidad o
paternidad.
Dicho lo anterior, en el marco de las disposiciones relativas al Sistema General de Seguridad
Social en Salud - SGSSS y lo regulado a la fecha en materia de incapacidades de origen común,
licencias de maternidad o paternidad en términos generales, se tiene lo siguiente:
1
“Por el cual se determinan los objetivos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integra en el
Sector Administrativo de Salud y Protección Social”
2 “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social, se crea una Comisión Asesora y se
dictan otras disposiciones”
3 Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social”.

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