Concepto Nº 2022ER0050604 del Ministerio de Vivienda, 2022
Año | 2022 |
Número de oficio | 2022ER0050604 |
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colomb ia Versión: 9.0
Conm utador (571) 332 34 34 • Ext: 2068 Fecha: 11/02/2022
www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-07
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Bogotá, D.C,
Señora
ZAIRA NATALIA TORRES CASTRO
Calle 15 No. 85B – 46
Bogotá D.C.
Correo electrónico: zairanataliatorres@gmail.com
ASUNTO: 2022ER0050604. Urbanización y construcción sostenible – Ecobertura.
Cordial saludo,
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio recibió la comunicación señalada en el asunto
mediante la cual plantea las inquietudes que se transcriben y resuelven a continuación:
“Requiero información técnica sobre la ampliación de la información incluida en la
resolución que soporta los “estándares amigables” que debe cumplir el proyecto de
vivienda “constructora” para aplicar al subsidio ecobertura, ya que lo encontrado es
muy general y al momento de definir si yo puedo acceder al subsidio no tengo el
fundamento para solicitar lo requerido a la constructora con la que ya estoy pagando
un apartamento. Solicito ampliación de lo que ya estipula la resolución respecto a
estándares amigables”
Para comenzar, a través de la Resolución 0019 de 2022
1
el Ministerio de Vivienda, Ciudad
y Territorio define los requisitos técnicos de construcción sostenible para el programa
FRECH NO VIS conocido como Ecobertura, el cual posibilita la adquisición de edificaciones
tipo residencial para el segmento No VIS que incluyan requisitos de sostenibilidad en la
construcción de vivienda nueva, mediante una cobertura de tasa de interés diferenciada
para este tipo de edificaciones, al que pueden acceder los deudores o locatarios que
adquieran viviendas que cumplan con los requisitos y medios de acreditación que para su
efecto definió el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en la norma referida.
Respecto al deudor o locatario, los aspectos a tener en cuenta para acceder al beneficio
son:
▪ El valor de la vivienda debe ser superior al tope de vivienda de interés social (VIS)
y hasta 500 SMMLV ($ 500 millones de pesos) para el año 2022.
▪ No haber sido beneficiarios a cualquier título, de las coberturas de tasa de
interés.
1
“Por medio de la cual se definen los requisitos de sostenibil idad en el marco del programa FRECH NO VIS”.
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