Concepto Nº 209561 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 22-06-2021
Número de radicado | 20216000209561 |
Año | 2021 |
Fecha | 22 Junio 2021 |
Número de oficio | 209561 |
Materia | EMPLEO,Inspector de Policia |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 209561 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 209561 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000209561*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000209561
Fecha: 22/06/2021 05:47:08 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: EMPLEO. Inspector de Policía. RAD. 20219000458342 del 1 de junio de 2021.
En atención a la comunicación de la referencia, mediante la cual plantea varios interrogantes sobre las funciones de tránsito de un inspector de
policía, me permito dar respuesta en los siguientes términos:
Inicialmente es preciso indicar que, el Artículo 122 de la Constitución Política establece que “no habrá empleo público que no tenga funciones
detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y
previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente.”
Al respecto, frente a las atribuciones establecidas para el cargo de inspector de policía, la Ley 1801 de 20161, establece:
“ARTÍCULO 198. AUTORIDADES DE POLICÍA. Corresponde a las autoridades de Policía el conocimiento y la solución de los conflictos de
convivencia ciudadana.
Son autoridades de Policía:
(…)
4. Los inspectores de Policía y los corregidores.
(…)
ARTÍCULO 206. Atribuciones de los inspectores de Policía rurales, urbanos y corregidores. Les corresponde la aplicación de las siguientes
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