Concepto nº 211365, Superintendencia de Industria y Comercio, 18-10-2013 - Normativa - VLEX 792347461

Concepto nº 211365, Superintendencia de Industria y Comercio, 18-10-2013

Fecha18 Octubre 2013
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
MateriaPROPIEDAD INDUSTRIAL - NUEVAS CREACIONES
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 13-211365- -00002-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 20
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo
y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta
Entidad con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos.
1. Consulta
La peticionaria expone la siguiente situación:
"(...) una empleada robo (sic) los diseños (...) de la empresa donde trabajaba,
además se llevó algunos trabajadores y por ende clientes, montó su fábrica.
(...) fue demandada por el uso de los diseños, que desafortunadamente ni el
diseñador ni la empresa los habían registrado. Hoy ya están registrados (...)"
En relación con esa situación formula la siguiente consulta:
"(...) se le puede o debe prohibir el uso de los mismos o por el hecho de hacer
uso cuando estaban sin registrar ya no hay nada que hacer (...)"
2. Materia objeto de la consulta
2.1. Funciones en materia de Propiedad Industrial.
De acuerdo con lo establecido en el numeral 57, artículo 1 del Decreto 4886 de 2011,
la Superintendencia de Industria y Comercio tiene a su cargo la función de
"Administrar el sistema nacional de la propiedad industrial y tramitar y decidir los
asuntos relacionados con la misma". En este sentido, y según lo dispone el artículo
20 del referido decreto, a la Dirección de Nuevas Creaciones de esta Superintendencia
le corresponden, entre otras las siguientes funciones:
"1. Tramitar las solicitudes de patentes de invención.
2. Tramitar las solicitudes de licencias obligatorias de patentes de invención.
()
4. Decidir las solicitudes de inscripción de las actuaciones posteriores a la
concesión de los derechos sobre nuevas creaciones, salvo aquellas atribuidas
al Superintendente de Industria y Comercio. (...)"
Por su parte la Dirección de Signos Distintivos, tiene entre otras, las siguientes
funciones:
"1. Decidir las solicitudes que se relacionen con el registro de marcas y lemas
comerciales, así como con su renovación y demás actuaciones posteriores a la
concesión del registro.
2. Decidir las solicitudes que se relacionen con el depósito de los nombres y
enseñas comerciales y demás actuaciones posteriores al respectivo depósito.
3. Decidir conforme a la ley las cancelaciones y caducidades de los signos
distintivos susceptibles de cancelación y caducidad. (...)"
De acuerdo con dichas normas esta Superintendencia cuenta, entre otras, con las
siguientes funciones:
Llevar el registro nacional de la propiedad industrial, instrumento en el que se
inscriben todos los actos de concesión de derechos de propiedad industrial a
través de registro o patente, los actos por los cuales se modifican y transfieren
y los que establecen presunción de primer uso o conocimiento del mismo
(depósitos).
Tramitar y decidir las solicitudes de concesión de patentes de invención y de
modelo de utilidad, registros de diseños industriales, esquemas de trazado de
circuitos integrados, marcas y lemas, depósitos de nombres y enseñas
comerciales, declaración y autorizaciones de uso de denominaciones de
origen.

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