Concepto Nº 214221 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 18-06-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900333525

Concepto Nº 214221 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 18-06-2021

Número de radicado20216000214221
Año2021
Fecha18 Junio 2021
Número de oficio214221
MateriaEMPLEO,Diferencia Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 214221 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 214221 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000214221*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000214221
Fecha: 18/06/2021 05:21:24 p.m.
Bogotá D.C.
REF: EMPLEO. Diferencia entre los empleados públicos y los trabajadores oficiales de una empresa industrial y comercial del estado.
PRESTACIONES SOCIALES. Pago de prestaciones sociales mínimos que se deben realizar a los trabajadores oficiales y empleados públicos.
REMUNERACION. Prima de servicios trabajadores oficiales. RAD. 20219000452422 del 31 de mayo de 2021.
En atención al oficio de la referencia, mediante el cual requiere información en relación de los trabajadores oficiales de una Empresa Industrial y
Comercial del Estado, respecto al pago de la prima de servicios de mitad de año, se pregunta.
1. Cuáles son las normas aplicables para el reconocimiento, liquidación y pago de prima de servicios de mitad de año (prima de servicios) de los
trabajadores oficiales que prestan sus servicios en una EICE.
2. Como debe realizarse el reconocimiento, liquidación y pago de prima de servicios de los trabajadores oficiales que prestan sus servicios en
una EICE, respecto a la forma, conceptos, período a liquidar y otros factores que se deben tener en cuenta para su pago o liquidación.
3. El actual pago de la prima de servicios de mitad de año de los trabajadores oficiales que prestan sus servicios en una EICE, se paga de forma
completa (15 días por cada año de servicios) o de forma proporcional, así el trabajador no hubiese cumplido 6 meses al servicio de la EICE. Si es
así, desde cuando esta dicha normatividad.
4. En su caso hipotético, si un trabajador oficial presta sus servicios en una EICE desde febrero de 2019, tenía derecho al pago de una prima de
servicios, de mitad de año, en forma proporcional, para julio de 2019.
Frente a las preguntas formuladas, me permito manifestarle lo siguiente.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo tiene como objeto el fortalecimiento de las
capacidades de los servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y funcionamiento, el desarrollo de la
democratización de la gestión pública y el servicio al ciudadano, mediante la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas
públicas, la adopción de instrumentos técnicos y jurídicos, la asesoría y la capacitación.

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