Concepto Nº 217891 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 14-06-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 910611929

Concepto Nº 217891 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 14-06-2022

Número de radicado20226000217891
Año2022
Fecha14 Junio 2022
Número de oficio217891
MateriaEMPLEO,Capacitación
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 217891 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 217891 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000217891*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000217891
Fecha: 14/06/2022 09:33:29 a.m.
Bogotá D.C.
REF: EMPLEO. Capacitaciones. JORNADA LABORAL. Trabajo suplementario. Rad: 20229000190382 del 05 de mayo de 2022.
Acuso recibo de la comunicación de la referencia, a través de la cual consulta “...” al respecto, es pertinente señalar:
Sea lo primero indicar que de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo tiene como objeto el
fortalecimiento de las capacidades de los servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y funcionamiento, el
desarrollo de la democratización de la gestión pública y el servicio al ciudadano, mediante la formulación, implementación, seguimiento y
evaluación de políticas públicas, la adopción de instrumentos técnicos y jurídicos, la asesoría y la capacitación, por lo tanto no somos
competentes para pronunciarnos la legalidad de las actuaciones de las entidades, estas declaraciones le corresponden a los Jueces de la
República.
La resolución de los casos particulares, como resulta apenas obvio, corresponderá en todos los casos a la autoridad empleadora y nominadora,
en cuanto es la instancia que conoce de manera cierta y documentada la situación particular de su personal, y además, en desarrollo de los
principios de la especialización presupuestal y de la autonomía administrativa, constituye el único órgano llamado a producir una declaración de
voluntad con efectos vinculantes en el mundo del derecho.
No obstante, a manera de información se enuncia lo siguiente:
Capacitaciones
Previo a desarrollar el tema planteado, debemos mencionar que el proceso de formación y capacitación de los servidores públicos posee
particular importancia, ya que sólo a través del mismo es posible garantizar la actualización de sus conocimientos y el mejoramiento continuo de
sus competencias, ante las continuas exigencias que el entorno les hace para que puedan responder efectivamente a los requerimientos de la
sociedad, a las exigencias de eficiencia en el servicio y en virtud también de sus necesidades de desarrollo personal.
En este contexto se entenderá la formación como el proceso encaminado a facilitar el desarrollo integral del ser humano, potenciando actitudes,
habilidades y conductas, en sus dimensiones: ética, creativa, comunicativa, crítica, sensorial, emocional e intelectual y la capacitación como el
conjunto de procesos orientados a reforzar y complementar la capacidad cognitiva y técnica de los servidores públicos; procesos
complementarios y necesarios para que la gestión pública se ajuste a las necesidades de mejoramiento institucional y a las demandas de la
sociedad.
En concordancia con lo anterior, la Constitución Política señala:
«ARTICULO 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El
Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR