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Concepto Nº 223811 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 28-06-2021

Número de radicado20216000223811
Año2021
Fecha28 Junio 2021
Número de oficio223811
MateriaBIENESTAR SOCIAL,Sistema de Estímulos
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 223811 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 223811 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000223811*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000223811
Fecha: 28/06/2021 06:32:48 p.m.
Bogotá D.C.
REF: BIENESTAR SOCIAL – SISTEMA DE ESTIMULOS ¿Cuál es la diferencia entre incentivos y estímulos? RAD. 20212060456342 del 1 de junio de
2021.
En atención al oficio de la referencia, en el cual consulta cuál es la diferencia entre incentivos y estímulos, me permito dar respuesta en el
siguiente sentido:
El bienestar social en la Administración Pública comprende el Sistema de Estímulos, establecidos en la Ley 909 de 2004, el cual abarca los
planes de incentivos y los programas de bienestar. Adicional a la normativa señalada, el Decreto Ley 1567 de 1998 y el Decreto 1083 de 2015,
reglamentan que las entidades deben organizar Sistemas de Estímulos para motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados,
para lo cual deben implementar programas de Bienestar Social que ofrezcan servicios de carácter deportivo, recreativo y vacacionales, artísticos
y culturales, así como la promoción y prevención de la salud y capacitación.
En desarrollo a lo anterior, la finalidad del Sistema de Estímulos consiste en buscar el Bienestar Social y el trabajo eficiente y eficaz de los
empleados, construir una vida laboral que contribuya a la productividad y desarrollo personal, recompensar el desempeño efectivo de los
servidores y de los grupos de trabajo y facilitar la cooperación interinstitucional entre las entidades para la asignación de incentivos al
desempeño excelente de los empleados.
En tanto el Plan de Incentivos tiene como finalidad crear condiciones favorables de trabajo y reconocer los desempeños en el nivel de excelencia
individual de los servidores, en cada uno de los niveles jerárquicos y al mejor empleado de la Entidad.
A continuación, se remite el marco normativo relacionado con su consulta
Decreto Ley 1567 de 1998.

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