Concepto Nº 230921 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 12-06-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900378122

Concepto Nº 230921 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 12-06-2020

Número de radicado20206000230921
Año2020
Fecha12 Junio 2020
Número de oficio230921
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Concejal
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 230921 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 230921 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000230921*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000230921
Fecha: 12/06/2020 11:24:33 a.m.
Bogotá D.C.
REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Concejal contratista. RAD. 20209000188182 del 15 de mayo de 2020.
En atención a la comunicación de la referencia, mediante la cual consulta si un ex concejal del municipio de San Martin de los Llanos, que
terminó su periodo constitucional el 31 de diciembre de 2019, puede vincularse mediante contrato de prestación de servicios con la empresa
social del Estado del mismo municipio, me permito informarle lo siguiente:
Frente a las incompatibilidades de los concejales la Ley 136 de 19941 dispone:
“ARTÍCULO 45. INCOMPATIBILIDADES. Los concejales no podrán:
1. (Artículo 3 de la Ley 177 de 1994 derogado por el artículo 96 de la Ley 617 de 2000).
2. Ser apoderado ante las entidades públicas del respectivo municipio o ante las personas que administren tributos procedentes del mismo, o
celebrar con ellas, por sí o por interpuesta persona, contrato alguno, con las excepciones que más adelante se establecen.
3. Ser miembros de juntas o consejos directivos de los sectores central o descentralizado del respectivo municipio, o de instituciones que
administren tributos procedentes del mismo.
4. Celebrar contratos o realizar gestiones con personas naturales o jurídicas de derecho privado que administren, manejen o inviertan fondos
públicos procedentes del respectivo municipio o sean contratistas del mismo o reciban donaciones de éste.
5. (Numeral adicionado por el artículo 41 de la Ley 617 de 2000). Ser representantes legales, miembros de juntas o consejos directivos,
auditores o revisores fiscales, empleados o contratistas de empresas que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR