Concepto Nº 241931 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 06-07-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 917658041

Concepto Nº 241931 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 06-07-2022

Número de radicadoEMPLEOS- Funciones. Radicado No. 20229000211342 de fecha 20 de mayo 2022.
Año2022
Fecha06 Julio 2022
Número de oficio241931
MateriaCONCEJO,Competencia
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 241931 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 241931 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000241931*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000241931
Fecha: 06/07/2022 02:01:03 a.m.
Bogotá D.C.
Referencia: EMPLEOS- Funciones. Radicado No. 20229000211342 de fecha 20 de mayo 2022.
En atención a la comunicación de la referencia remitida por usted, en la que consulta: “(...) ¿puede la Corporación Concejo Municipal de san José
del Guaviare- Guaviare, puede proponer moción de censura al Inspector de Policía Municipal , donde me llaman a la moción de censura por no
realizar controles del precio de la carne bovina y por no controlar el ingreso de carne clandestina proveniente de mataderos rurales,
considerando que el reglamento interno habla sobre moción de observación, o si al hacer dicho procedimiento se extralimitan en funciones los
corporados, si dicha control, vigilancia y inspección es de la policía nacional, de la secretarias de salud a la luz del decreto decreto 1500 de 2007
(...)”
Es importante indicarle que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo tiene como objeto el
fortalecimiento de las capacidades de los servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y funcionamiento, el
desarrollo de la democratización de la gestión pública y el servicio al ciudadano, mediante la formulación, implementación, seguimiento y
evaluación de políticas públicas, la adopción de instrumentos técnicos y jurídicos, la asesoría y la capacitación.
En ese sentido, la resolución de los casos particulares corresponderá a la autoridad empleadora y nominadora, en cuanto es la instancia que
conoce de manera cierta y documentada la situación particular de su personal.
Por tanto, este Departamento Administrativo, en ejercicio de sus funciones, realiza la interpretación general de las disposiciones legales y, en
consecuencia, no le corresponde la valoración de los casos particulares.
No obstante, a manera de orientación, se le indicará la normatividad aplicable a su inquietud con el objeto que el consultante adopte las
decisiones respectivas sobre el tema.
Sobre las facultades de los concejos municipales, la Constitución Política señala lo siguiente:
ARTÍCULO 313. Corresponde a los concejos:
(...)
11. En las capitales de los departamentos y los municipios con población mayor de veinticinco mil habitantes, citar y requerir a los secretarios
del despacho del alcalde para que concurran a las sesiones. Las citaciones deberán hacerse con una anticipación no menor de cinco (5) días y
formularse en cuestionario escrito. En caso de que los Secretarios no concurran, sin excusa aceptada por el Concejo Distrital o Municipal, éste

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