Concepto Nº 250891 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 12-07-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 917657444

Concepto Nº 250891 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 12-07-2022

Número de radicado20226000250891
Año2022
Fecha12 Julio 2022
Número de oficio250891
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Cargos de Elección Popular
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 250891 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 250891 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000250891*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000250891
Fecha: 12/07/2022 03:55:24 p.m.
Bogotá D.C.
REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Alcalde. Inhabilidad de empleados de Contraloría Departamental para aspirar al cargo de alcalde.
RAD. 20229000331832 del 22 de junio de 2022.
En la comunicación de la referencia, solicita le sean absueltas las siguientes inquietudes:
1. Si una persona se desempeña como Director de Control Fiscal dentro de una Contraloría Departamental cuya función principal es dirigir,
controlar y evaluar el proceso de formulación y ejecución de políticas, estrategias, planes, programas, proyectos y actuaciones administrativas
de Control y Vigilancia de la Gestión Fiscal de la administración pública y de los particulares o entidades que manejan fondos y/o bienes del
Estado de conformidad con la Constitución y las Leyes, los propósitos misionales y los protocolos establecidos por la Contraloría Departamental
del Valle del Cauca y desea aspirar a ser elegido alcalde en las elecciones de octubre de 2023 en un municipio dentro del cual la Contraloría en
la que labora tiene jurisdicción, ¿debe renunciar para no inhabilitarse? ¿en caso positivo en que término debe presentar su renuncia?
2. Si una persona ocupa el cargo de Director Administrativo y Financiero de una Contraloría Departamental, cuya función principal es dirigir,
controlar y evaluar el diseño, adopción y ejecución de políticas, planes, programas y estrategias de la gestión administrativa del talento humano,
los recursos financieros, los recursos físicos y los servicios generales de la Contraloría Departamental del Valle del Cauca de conformidad con los
protocolos institucionales o legales establecidos y desea aspirar a ser elegido alcalde en las elecciones de octubre de 2023 en un municipio
dentro del cual la Contraloría en la que labora tiene jurisdicción, ¿debe renunciar para no inhabilitarse? ¿en caso positivo en que término debe
presentar su renuncia?
Sobre las inquietudes expuestas, me permito manifestarle lo siguiente:
Inicialmente es importante destacar que este Departamento en ejercicio de sus funciones contenidas en el Decreto 430 de 2016 , realiza la
interpretación general de las disposiciones legales relacionadas con el empleo público y la administración de personal; sin embargo, no le
corresponde la valoración de los casos particulares, y carece de competencia para ordenar el reconocimiento de derechos; tampoco funge como
entre de control ni es el competente para decidir sobre la legalidad de las actuaciones de las entidades del estado o de los servidores públicos,
competencia atribuida a los jueces de la república.
Así las cosas, solo es dable realizar una interpretación general de las disposiciones legales relacionadas con la materia de su consulta,
suministrando al consultante la información necesaria para adoptar las decisiones respectivas.
Con relación a las inhabilidades para ser elegido alcalde, la Ley 617 de 20001, que modifica la Ley 136 de 1994, expresa:
ARTÍCULO 37. Inhabilidades para ser alcalde. El artículo 95 de la Ley 136 de 1994, quedará así:

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