Concepto Nº 255771 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 15-07-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 913370006

Concepto Nº 255771 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 15-07-2022

Número de radicadoFlavio Augusto Rodríguez Arce.
Año2022
Fecha15 Julio 2022
Número de oficio255771
MateriaREMUNERACIÓN,Asignación Básica
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 255771 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 255771 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000255771*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000255771
Fecha: 15/07/2022 10:59:53 a.m.
Bogotá D.C.,
REFERENCIA: REMUNERACIÓN. Asignación básica. Incremento salarial empleados públicos Empresa Social del Estado â¿¿ Oportunidad en el pago
del retroactivo. Rad. 20229000318422 del 12 de junio de 2022.
Acuso recibo de su comunicación de la referencia, mediante la cual realiza varios interrogantes sobre la oportunidad en el pago del retroactivo
por aumento salarial de los empleados públicos vinculados a una Empresa Social del Estado de Salud del orden territorial y el cumplimiento de la
disponibilidad en la jornada laboral.
Al respecto, es oportuno señalar que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 20161, este Departamento Administrativo tiene como
objeto el fortalecimiento de las capacidades de los servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y
funcionamiento, el desarrollo de la democratización de la gestión pública y el servicio al ciudadano, mediante la formulación, implementación,
seguimiento y evaluación de políticas públicas, la adopción de instrumentos técnicos y jurídicos, la asesoría y la capacitación.
Por consiguiente, este Departamento Administrativo no le corresponde una valoración concreta de casos particulares, ni determinar la legalidad
de los actos ejercidos por las autoridades públicas, en tanto que no es órgano de control y vigilancia, o autoridad judicial y para tales efectos
debe acudirse al juez u órgano de control competente, previo agotamiento del procedimiento legalmente establecido.
No obstante, me permito dar respuesta de manera general de la siguiente manera:
En primer lugar, se tiene que mediante Decreto 462 de 20222, el Gobierno Nacional indicó los límites máximos que deben tener en cuenta las
entidades territoriales a la hora de incrementar los salarios de sus servidores públicos, incluidos los empleados de las Empresas Sociales del
Estado del nivel territorial.
En ese orden de ideas, el Decreto 462 de 2022 estableció el límite máximo de la asignación básica mensual de los empleados públicos de las
entidades del nivel territorial (municipios y departamentos) de la siguiente manera:
ARTÍCULO 7. Límite máximo salarial mensual para empleados públicos de entidades territoriales. El límite máximo de la asignación básica
mensual de los empleados públicos de las entidades territoriales para el año 2022 queda determinado así:
NIVEL JERÁRQUICO
SISTEMA GENERAL
LIMITE MÁXIMO
ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL
DIRECTIVO 15.901.409
ASESOR 12.710.497
PROFESIONAL 8.879.305

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