Concepto nº 264970, Superintendencia de Industria y Comercio, 21-01-2016
Fecha | 21 Enero 2016 |
Emisor | Superintendencia de Industria y Comercio (Colombia) |
Materia | CAMARAS DE COMERCIO |
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 15-264970- -00002-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 11
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo
y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta
Entidad con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos.
1. Objeto de la Consulta
En su comunicación expone una situación particular y señala que por no renovar la
matrícula de una sociedad extranjera, la cámara de comercio la desactivó y es su
deseo reactivarla, pero j para ello la cámara exige que tal solicitud sea realizada por
el representante legal o el revisor fiscal, de quienes desconocen su paradero y, así
mismo se ha abstenido de registrar el nuevo representante legal, por lo que solicitan
concepto jurídico para evitar la disolución y liquidación de la sociedad.
Al respecto, en primer lugar, advertimos que esta Oficina Asesora Jurídica a través de
un concepto no puede resolver situaciones particulares como la señalada en su
escrito. No obstante, a continuación encontrará información general sobre nuestras
funciones en materia de Cámaras de Comercio, la depuración del registro mercantil
por parte de las cámaras, el
control de legalidad que adelantan las mismas y la abstención de registro, con el fin
de brindarle mayores elementos de juicio sobre el tema consultado.
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