Concepto Nº 267261 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 26-07-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 917657711

Concepto Nº 267261 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 26-07-2022

Número de radicado20226000267261
Año2022
Fecha26 Julio 2022
Número de oficio267261
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Diputado
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 267261 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 267261 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000267261*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000267261
Fecha: 26/07/2022 08:03:37 a.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Diputado. Inhabilidad para que un diputado se inscriba y sea elegido como alcalde.
RAD: 20222060371202 de fecha 25 de julio de 2022.
En atención a la comunicación de la referencia, remitida a este Departamento Administrativo por parte del Consejo Nacional Electoral CNE,
mediante la cual consulta si existe inhabilidad para que un diputado se postule para ser elegido en el cargo de alcalde, le indico lo siguiente:
En relación con el tema objeto de consulta, es necesario señalar las causales de inhabilidad e incompatibilidad para ser elegido en el cargo
de alcalde previstas en la Ley 136 de 19941, modif‌icada por la Ley 617 de 20002, la cual dispone:
ARTÍCULO 37.- Inhabilidades para ser alcalde. El Artículo 95 de la Ley 136de 1994, quedará así:
ARTÍCULO 95.- Inhabilidades para ser alcalde. No podrá ser inscrito como candidato, ni elegido, ni designado alcalde municipal o distrital:
2. Quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección haya ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad
política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio, o quien, como empleado público del orden nacional, departamental o
municipal, haya intervenido como ordenador del gasto en la ejecución de recursos de inversión o celebración de contratos, que deban
ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio. (...)” (Subraya fuera del texto).
De acuerdo con la norma, se considera que se encuentra inhabilitado para ser elegido como alcalde municipal quien durante el año anterior
a la elección haya ejercido como empleado público jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio,
o quien, como empleado público del orden nacional, departamental o municipal, haya intervenido como ordenador del gasto en la ejecución
de recursos de inversión o celebración de contratos, que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio.
Precisado lo anterior y con el f‌in de dar respuesta a su interrogante, es necesario referirnos a la naturaleza de los cargos de diputado.
Al respecto, la Constitución Política de Colombia, dispone:
ARTICULO 123. Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus
entidades descentralizadas territorialmente y por servicios.
Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la
ley y el reglamento (...).”
ARTICULO 299. En cada departamento habrá una corporación político-administrativa de elección popular que se denominará asamblea
departamental, la cual estará integrada por no menos de 11 miembros ni más de 31. Dicha corporación gozará de autonomía administrativa
y presupuesto propio, y podrá ejercer control político sobre la administración departamental.
El régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los diputados será f‌ijado por la ley. No podrá ser menos estricto que el señalado para
los congresistas en lo que corresponda. El período de los diputados será de cuatro años y tendrá la calidad de servidores públicos. (...)”

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR