Concepto nº 269360, Superintendencia de Industria y Comercio, 28-12-2015 - Normativa - VLEX 792348625

Concepto nº 269360, Superintendencia de Industria y Comercio, 28-12-2015

Fecha28 Diciembre 2015
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
MateriaPROTECCION AL CONSUMIDOR
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 15-269360- -00001-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 1
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, por la cual se
sustituye el Título II del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su
consulta trasladada por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo, radicada en
esta Oficina con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos.
1. Consulta
En su comunicación consulta:
“I.¿En la publicidad que se haga a nivel nacional por parte de un
comercializador que vende productos de línea y que está publicando precios
regulares, normales y no de promoción, es necesario indicar dentro de la
publicidad el número de las existencias que se tienen disponibles para la
venta? O en otras palabras ¿Cuándo es obligatorio para el comercializador
indicar en su publicidad el número de existencias de cada producto que está
ofreciendo en su publicidad?”
“II. En el caso de la publicidad de descuentos o promociones, si se indica la
fecha de inicio y la fecha de finalización de la promoción pero además se
indica el número de las existencias de cada producto en promoción, ¿Es

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