Concepto nº 273532, Superintendencia de Industria y Comercio, 15-08-2017
Fecha | 15 Agosto 2017 |
Emisor | Superintendencia de Industria y Comercio (Colombia) |
Materia | COMPETENCIA DESLEAL |
Bogotá D.C.,
10
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Asunto: Radicación: 17- 273532-00001-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 1
Reciba cordial saludo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 la Ley 1755 de 2015, que sustituyó
el Título II del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo, fundamento jurídico sobre el cual se funda la consulta objeto de la
solicitud, procede la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO a emitir
un pronunciamiento, en los términos que a continuación se pasan a exponer:
1. OBJETO DE LA CONSULTA
Atendiendo a la solicitud por usted radicada ante esta Entidad a través su
comunicación de fecha 18 de julio de 2017 en el cual se señala:
“(…) en la compañía de la cual soy socio minoritario, el representante legal firmo
un acuerdo de confidencialidad para realizar un negocio con el cual yo no estoy
de acuerdo y me dicen que no puedo tener acceso a este acuerdo aun siendo
socio de la sociedad porque este acuerdo esta (sic) protegido por ser secreto
industrial por lo que me dicen que no tengo derecho a verlo, esto es cierto?.”.
Nos permitimos realizar las siguientes precisiones:
2. CUESTIÓN PREVIA
Reviste de gran importancia precisar en primer lugar que la SUPERINTENDENCIA
DE INDUSTRIA Y COMERCIO a través de su Oficina Asesora Jurídica no le asiste
la facultad de dirimir situaciones de carácter particular, debido a que, una lectura en
tal sentido, implicaría la flagrante vulneración del debido proceso como garantía
constitucional.
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