Concepto Nº 279591 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 06-08-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900337362

Concepto Nº 279591 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 06-08-2021

Número de radicado20216000279591
Año2021
Fecha06 Agosto 2021
Número de oficio279591
MateriaEMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO- ESE,Naturaleza
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 279591 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 279591 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000279591*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000279591
Fecha: 06/08/2021 04:28:18 p.m.
Bogotá D.C.
REF: EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO E.S.E – Naturaleza jurídica, Régimen legal aplicable. ESE. RAD N° 20212060495612 del 30 de junio de
2021.
Acuso recibo de su comunicación remitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la cual consulta lo siguiente:
1. Cuál es la naturaleza jurídica, conforme a los registros relacionados con el NIT 890902151-4 le reconoce su entidad a la empresa social del
estado Hospital Santa Isabel de Gómez Plata (Antioquia).
2. Si se indica que se trata de persona Jurídica de Derecho Público en la condición de descentralizada por servicios del orden municipal,
solicitamos indicar si en tal condición actual puede ser beneficiaria de convenios contratos o el otorgamiento de cualquiera otro aporte estatal, a
través de cualquiera de las modalidades de cofinanciación que conforme a la ley pueda aplicar para este tipo de entidades.
3. En caso de indicar que se trata de una persona jurídica de derecho privado, determinar el procedimiento para que con apego al Acuerdo
municipal de su creación indicando en los hechos de esta petición, su vigencia en el mundo del derecho, se proceda a la actualización del
estatus para que sea reconocida como entidad de derecho público y si es el caso, se disponga la expedición del acto o actos administrativos que
sean pertinentes para expresar dicho reconocimiento.
Al respecto me permito manifestarle lo siguiente:
Es necesario indicar que la Ley 489 de 1998, que regula el ejercicio de la función administrativa, determina la estructura y define los principios y
reglas básicas de la organización y funcionamiento de la Administración Pública y aplica a todos los organismos y entidades de la Rama
Ejecutiva del Poder Público y de la Administración Pública y a los servidores públicos que por mandato constitucional o legal tengan a su cargo la
titularidad y el ejercicio de funciones administrativas, prestación de servicios públicos o provisión de obras y bienes públicos, sobre la Estructura
y organización de la Administración Pública, dispone:
“ARTÍCULO 38.-Integración de la Rama Ejecutiva del Poder Público en el orden nacional. La Rama Ejecutiva del Poder Público en el orden

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