Concepto Nº 283201 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 30-06-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900382161

Concepto Nº 283201 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 30-06-2020

Número de radicado20206000283201
Año2020
Fecha30 Junio 2020
Número de oficio283201
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Condena Penal
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 283201 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 283201 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000283201*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000283201
Fecha: 30/06/2020 08:53:08 p.m.
Bogotá D.C.
REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Pariente de alcalde. RAD. 20209000182702 del 13 de mayo de 2020.
Acuso recibo de la comunicación de la referencia, mediante la cual consulta:
“Atendiendo un proceso de ascenso en mi vinculación laboral para un cargo de libre nombramiento y remoción de mayor jerarquía solicita? muy
respetuosamente conceptuar respecto a que como he sido privilegiado con un periodo de prueba dentro del subrogado de la suspensión
condicional de la pena puedo acceder dentro de ese mismo periodo de prueba a ser nombrado y posesionado en un cargo de libre
nombramiento y remoción de mayor grado; teniendo como fundamento las aclaraciones realizadas en dos fallos de tutela proferidas contra el
juzgado sexto penal del circuito de Manizales mediante las cuales se orden? al juzgado que emitió la sentencia cuyos efectos fueron suspendidos
informar a todas las entidades que tengo suspensión condicional de la ejecución de la pena de prisión en la pena accesoria consistente en
inhabilidad para el ejercicio de los derechos y funciones públicas como también otra sentencia de tutela que indica que tanto Es indispensable
no solo para votar sino para el ejercicio pleno de todos sus derechos en el tráfico social verbigracia concursar y ocupar cargos públicos Solicita?
muy respetuosamente conceptuar en torno a si es viable o no es viable nombrarme en ese cargo de mayor grado como persona que ha sido
privilegiada con una suspensión dentro de los términos establecidos.”
En atención a la misma me permito informarle lo siguiente:
1. Frente a la inhabilidad para vincular a personas condenadas, el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia, establece:
“ARTÍCULO 122.
(…)
(Inciso modificado por el artículo 4 del Acto Legislativo 1 de 2009). Sin perjuicio de las demás sanciones que establezca la ley, no podrán ser

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