Concepto Nº 283331 de Superintendencia Nacional de Salud, 2022 - Normativa - VLEX 910434613

Concepto Nº 283331 de Superintendencia Nacional de Salud, 2022

Año2022
Número de oficio283331
Fecha18 Febrero 2022

CONCEPTO 283331 DE 2022

(febrero 18)

MINISTERIO DE SALUD Y DE PROTECCIÓN SOCIAL

Bogotá D.C.,

Vigencia Decreto 1011 de 2006
Radicado: 202242400264542

Respetada señora xxx

Procedemos a dar respuesta a la solicitud del asunto, mediante la cual requiere se le informe si el Decreto 1011 de 2006 actualmente se encuentra vigente o fue derogado por el Decreto 780 de 2016.

En primer lugar, vale la pena precisar que el Decreto 780 de 2016(1), es una disposición compilatoria de normas reglamentarias preexistentes, el cual se expidió con el fin de racionalizar las normas de carácter reglamentario que regían en el sector salud y protección social y así contar con un instrumento jurídico único para el mismo.

Hecha la precisión anterior y frente a lo consultado, debe señalarse que el Decreto 1011 de 2006(2) fue derogado por el artículo 4.1.1 del Decreto Único del Sector Salud, el cual reza:

“Artículo 4.1.1 Derogatoria integral. Este Decreto regula íntegramente las materias contempladas en él. Por consiguiente, de conformidad con el artículo 3 de la Ley 153 de 1887, quedan derogados todos los decretos de naturaleza reglamentaria relativos al Sector Salud y Protección Social que versan sobre las mismas materias.

Los actos administrativos expedidos con fundamento en las disposiciones compiladas en el presente decreto mantendrán su vigencia y ejecutoriedad bajo el entendido de que sus fundamentos jurídicos permanecen en el presente decreto”. (Negrilla fuera de texto)

En este sentido, las disposiciones aplicables al Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud, SOGCS, de que trataba el Decreto 1011 de 2006 y que se encontraban vigentes antes de la expedición del Decreto 780 de 2016, se mantienen vigentes al haber sido incorporadas en este último, sin que con ello pueda entenderse que el Decreto 1011 de 2006, a la fecha se encuentre vigente.

No obstante y en el marco de lo previsto en el inciso segundo del artículo 4.1.1 del Decreto 780 de 2016, los actos administrativos expedidos con fundamento en el Decreto 1011 de 2006, siguen manteniendo su vigencia y ejecutoriedad, toda vez que no desaparecieron los fundamentos jurídicos que motivaron su expedición.

El anterior concepto tiene los efectos determinados en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido en título II, por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015(3)

Cordialmente,

1 Por medio del cual...

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