Concepto Nº 287661 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 02-07-2020
Número de radicado | EMPLEO - Naturaleza del Cargo. Radicado No. 20209000272712 de fecha 29 de junio de 2020. |
Año | 2020 |
Fecha | 02 Julio 2020 |
Número de oficio | 287661 |
Materia | EMPLEO,Naturaleza del Cargo |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 287661 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 287661 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000287661*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000287661
Fecha: 02/07/2020 05:42:30 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: EMPLEO - Naturaleza del Cargo. Radicado No. 20209000272712 de fecha 29 de junio de 2020.
Reciba un cordial saludo por parte de Función Pública. En atención a su comunicación de la referencia, mediante la cual consulta: El cargo de
secretaria Código 540 Grado 01 actualmente por función pública también denominado Secretaria Código 440 grado 01, de la Personería de
Ubalá Cundinamarca, ¿es un cargo de carrera administrativa o es un cargo de libre nombramiento y remoción?; me permito manifestarle lo
siguiente:
Respecto a la naturaleza del empleado de secretario de la Personería, la Carta Política en su artículo 125 establece que los empleos en los
órganos y entidades del Estado son de carrera, con excepción de los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de
trabajadores oficiales y los demás que determine la ley.
Por su parte, la Ley 909 de 2004, «por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se
dictan otras disposiciones», señala:
ARTÍCULO 3. Campo de aplicación de la presente ley.
1. Las disposiciones contenidas en la presente ley serán aplicables en su integridad a los siguientes servidores públicos: (…)
b) A quienes prestan sus servicios en empleos de carrera en las siguientes entidades: (…)
- En las personerías
(...)
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