Concepto Nº 305291 del Departamento Administrativo de la Función Pública - Doctrina Administrativa - VLEX 900379017

Concepto Nº 305291 del Departamento Administrativo de la Función Pública

Año2020
Número de oficio305291
Número de radicado20206000305291
Fecha13 Julio 2020
MateriaEMPLEO,Concurso de Méritos
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 305291 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 305291 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000305291*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000305291
Fecha: 13/07/2020 03:30:42 p.m.
Bogotá D.C.
Referencia: EMPLEO – Naturaleza del cargo. Radicado: 20202060285742 del 06 de julio de 2020.
De acuerdo a la comunicación de referencia, en la cual consulta sobre la naturaleza de un empleo que a partir de la expedición de la Ley 909 de
2004 fue modificada su denominación de Nivel Ejecutivo a Nivel Profesional, me permito indicarle lo siguiente:
Es importante advertir antes de ahondar en la normativa vigente frente a las reformas de planta de personal dispuestas en la Ley 909 de 2004,
que de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo no se encuentra facultado para pronunciarse sobre
situaciones internas de las entidades, no obstante, a modo de información, el artículo 122 de Constitución Política dispone lo siguiente:
“ARTÍCULO 122. No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se
requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente.”
Con posterioridad se expidió el Decreto 785 de 2005, el cual establece el sistema de nomenclatura, clasificación, de funciones y requisitos
generales para el ejercicio de los empleos de los niveles Directivo, Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial del orden territorial, de la siguiente
manera:
ARTÍCULO 3. Niveles jerárquicos de los empleos. Según la naturaleza general de sus funciones, las competencias y los requisitos exigidos para
su desempeño, los empleos de las entidades territoriales se clasifican en los siguientes niveles jerárquicos: Nivel Directivo, Nivel Asesor, Nivel
Profesional, Nivel Técnico y Nivel Asistencial.
ARTÍCULO 4. Naturaleza general de las funciones. A los empleos agrupados en los niveles jerárquicos de que trata el artículo anterior, les
corresponden las siguientes funciones generales:
4.1. Nivel Directivo. Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de Dirección General, de formulación de políticas

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