Concepto Nº 305291 del Departamento Administrativo de la Función Pública
Año | 2020 |
Número de oficio | 305291 |
Número de radicado | 20206000305291 |
Fecha | 13 Julio 2020 |
Materia | EMPLEO,Concurso de Méritos |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 305291 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 305291 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000305291*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000305291
Fecha: 13/07/2020 03:30:42 p.m.
Bogotá D.C.
Referencia: EMPLEO – Naturaleza del cargo. Radicado: 20202060285742 del 06 de julio de 2020.
De acuerdo a la comunicación de referencia, en la cual consulta sobre la naturaleza de un empleo que a partir de la expedición de la Ley 909 de
2004 fue modificada su denominación de Nivel Ejecutivo a Nivel Profesional, me permito indicarle lo siguiente:
Es importante advertir antes de ahondar en la normativa vigente frente a las reformas de planta de personal dispuestas en la Ley 909 de 2004,
que de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo no se encuentra facultado para pronunciarse sobre
situaciones internas de las entidades, no obstante, a modo de información, el artículo 122 de Constitución Política dispone lo siguiente:
“ARTÍCULO 122. No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se
requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente.”
Con posterioridad se expidió el Decreto 785 de 2005, el cual establece el sistema de nomenclatura, clasificación, de funciones y requisitos
generales para el ejercicio de los empleos de los niveles Directivo, Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial del orden territorial, de la siguiente
manera:
ARTÍCULO 3. Niveles jerárquicos de los empleos. Según la naturaleza general de sus funciones, las competencias y los requisitos exigidos para
su desempeño, los empleos de las entidades territoriales se clasifican en los siguientes niveles jerárquicos: Nivel Directivo, Nivel Asesor, Nivel
Profesional, Nivel Técnico y Nivel Asistencial.
ARTÍCULO 4. Naturaleza general de las funciones. A los empleos agrupados en los niveles jerárquicos de que trata el artículo anterior, les
corresponden las siguientes funciones generales:
4.1. Nivel Directivo. Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de Dirección General, de formulación de políticas
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