Concepto Nº 317631 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 30-08-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900333118

Concepto Nº 317631 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 30-08-2021

Número de radicado20216000317631
Fecha30 Agosto 2021
Número de oficio317631
MateriaPRESTACIONES SOCIALES,Dotación
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 317631 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 317631 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000317631*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000317631
Fecha: 30/08/2021 10:30:26 a.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: REMUNERACIÓN. Asignación Salarial. PRESTACIONES SOCIALES. Dotación. Auxilio de Transporte. Subsidio de Alimentación. RAD.
20219000573012 del 10 de agosto de 2021.
En atención a la comunicación de la referencia, mediante la cual manifiesta encontrarse en desacuerdo con la asignación salarial de su empleo y
consulta sobre el derecho al reconocimiento y pago del subsidio de alimentación, auxilio de transporte y dotación, me permito dar respuesta en
los siguientes términos:
En primer lugar, es importante precisar que de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, a este Departamento Administrativo, le
compete formular las políticas generales de Administración Pública, en especial en materias relacionadas con empleo público, la gestión del
talento humano, la gerencia pública, el desempeño de las funciones públicas por los particulares, la organización administrativa del Estado, la
planeación y la gestión, el control interno, la participación ciudadana, la transparencia en la gestión pública y el servicio al ciudadano, razón por
la cual no es de nuestra competencia intervenir en situaciones internas de las entidades, actuar como ente de control, investigación, no otorgar
derechos lo cual es competencia de los jueces de la República.
No obstante, a manera de orientación desarrollaremos en el presente concepto las normas generales sobre la asignación salarial, el auxilio de
transporte, la dotación y el subsidio de alimentación, de la siguiente manera:
1. AUXILIO DE TRANSPORTE
Respecto al auxilio de transporte el Decreto 1786 del 20201, señala:
“ARTÍCULO 1. Auxilio de Transporte para 2021. Fijar a partir del primero (1) de enero de dos mil veintiuno (2021), el auxilio de transporte a que
tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devengan hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual
Vigente, en la suma de CIENTO SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($106.454.oo) mensuales, que se pagará por los
empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio público de transporte.”

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