Concepto Nº 331411 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 09-09-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900335233

Concepto Nº 331411 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 09-09-2021

Número de radicado20216000331411
Año2021
Fecha09 Septiembre 2021
Número de oficio331411
MateriaREMUNERACIÓN,Auxilio de Transporte
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 331411 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 331411 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000331411*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000331411
Fecha: 09/09/2021 10:40:04 a.m.
Bogotá D.C.,
REFERENCIA: REMUNERACIÓN- Auxilio de transporte. Nivel territorial. RAD. 20212060566432 del 5 de agosto de 2021.
Por medio del presente, y en atención a su consulta, en la cual solicita se le informe si en su calidad de secretaria de la Personería de Tipacoque,
con un salario mensual de $1.229.590.oo, tiene derecho o no al auxilio de transporte.
Me permito darle respuesta, teniendo en cuenta que el Decreto 1786 de 2020 establece que:   
“ARTÍCULO 1. Auxilio de transporte para 2021. Fijar a partir del primero (1°) de enero de dos mil veintiuno (2021) el auxilio de transporte a que
tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual
Vigente, en la suma de CIENTO SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($106.454.oo) mensuales, que se pagará por los
empleadores en todos los lugares del país donde se preste el servicio público de transporte” (Subraya propia)   
De acuerdo con la norma citada, tendrán derecho al auxilio de transporte, los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen
hasta dos veces el salario mínimo legal mensual vigente, que se pagará por los empleadores.   
  
Igualmente, para el reconocimiento de este auxilio a nivel territorial el Decreto 1250 de 2017 consagra:   
  
“ARTÍCULO 1. Criterios para el reconocimiento y pago del auxilio de transporte en entidades del nivel territorial. Establecer los siguientes criterios
para el reconocimiento y pago del auxilio de transporte para los empleados públicos de las entidades del sector central y descentralizado de la
Rama Ejecutiva del orden territorial, las asambleas departamentales, los concejos distritales y municipales, las contralorías territoriales y las
personerías distritales y municipales, en los cuales no se preste el servicio público de transporte, así:   
   
a) Devengar hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente.   

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR