Concepto Nº 334931 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 13-09-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900330212

Concepto Nº 334931 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 13-09-2021

Número de radicadoRETIRO DEL SERVICIO – Empleados Provisionales - Entrega de inventario - ACTO ADMINISTRATIVO - Presunción de legalidad - SITUACIONES ADMINISTRATIVAS – Encargo - ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA – Prepensionados. Radicado No. 20212060594592 de fecha 25 de agosto de 2021.
Año2021
Fecha13 Septiembre 2021
Número de oficio334931
MateriaESTABILIDAD LABORAL REFORZADA,Prepensionados
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 334931 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 334931 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000334931*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000334931
Fecha: 13/09/2021 10:38:54 a.m
Bogotá D.C.
REFERENCIA: RETIRO DEL SERVICIO – Empleados Provisionales - Entrega de inventario - ACTO ADMINISTRATIVO - Presunción de legalidad -
SITUACIONES ADMINISTRATIVAS – Encargo - ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA – Prepensionados. Radicado No. 20212060594592 de fecha 25
de agosto de 2021.
Reciba un cordial saludo por parte de Función Pública. En atención a su comunicación de la referencia, mediante la cual realiza algunos
interrogantes relacionados con la terminación de nombramientos provisionales entre otros temas, me permito manifestarle que los mismos
serán resueltos en el orden consultado:
Una de las secretarias con derecho de carrera fue nombrada en encargo y en la actualidad permanece en la misma condición de encargo en un
empleo que no entro a concurso. Su cargo titular de Secretaria fue provisto con un acto administrativo en el cual específicamente se indicó que
la persona en provisionalidad seria su remplazo (se anexa actuación administrativa). Una vez ingresan las personas que ganaron el concurso
para el empleo en mención sigue quedando esta vacancia temporal dado por el encargo mencionado.
(i)¿Qué criterios debe tener en cuenta la entidad a sabiendas de que es una planta global para definir cuál de las secretarias en provisionalidad
debe quedarse a proveer el cargo que aún sigue vacante (secretaria donde la titular seguirá en encargo)?
Previo a resolver su interrogante, se considera necesario hacer el siguiente análisis en relación con la terminación de un nombramiento
provisional, al respecto el Decreto 1083 de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector función pública, establece lo
siguiente:
ARTÍCULO 2.2.5.3.4 Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga
o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados. (Subraya propia).
Frente al particular, se considera procedente tener en cuenta los pronunciamientos que ha efectuado la Corte Constitucional, entre otras, en

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